ORDEN EEI/529/2020, de 17 de junio, por la que se modifica la Orden EMP/289/2019, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Dentro del marco de la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, el Plan Anual de Políticas de Empleo para 2020 pretende articular propuestas y medidas que aporten estrategias que incentiven la contratación indefinida de los colectivos con mayores dificultades de acceso al empleo.

Los incentivos a la contratación por cuenta ajena se configuran como una fórmula oportuna y necesaria en aras de estimular y facilitar la contratación indefinida y temporal de trabajadores, al mínimo coste posible, que a su vez redunden en la mejora de la competitividad de las empresas y, en última instancia, en la economía y en el bienestar de nuestra Comunidad.

Entre estas medidas, acordadas en el seno del Diálogo Social, se prevé incentivar la contratación indefinida ordinaria mediante determinadas actuaciones, entre las que se encuentra el incremento en la cuantía de la subvención cuando se formalizan los contratos indefinidos ordinarios en centros de trabajo ubicados en municipios de menos de 5.000 habitantes, con la finalidad de compensar la pérdida de competitividad de dichos municipios frente a otros territorios con mejores oportunidades de inversión y negocios. Dicho incremento se prevé también cuando se trate de la contratación del primer trabajador por parte de un autónomo.

Por ello se hace necesario modificar las cuantías de las subvenciones previstas en los Programas I y II de la Orden EMP/289/2019, de 21 de marzo, por la que establecen las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León.

Así mismo, se considera oportuno dar nueva redacción a la Base 5.ª.5 para excluir de dichas subvenciones aquellas acciones subvencionables (contrataciones indefinidas ordinarias, transformaciones contractuales y ampliaciones de jornada) formalizadas por parte de las comunidades de bienes y sociedades civiles con sus propios miembros o socios. Exclusión que ya venía operando para las acciones subvencionables formalizadas con los socios de las sociedades mercantiles.

Por todo ello, se hace necesario modificar la citada Orden EMP/289/2019, de 21 de marzo, y recoger en la misma las medidas expuestas.

Miércoles, 24 de junio de 2020

En consecuencia, oído el Consejo General de Empleo, a propuesta de la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, y teniendo en cuenta las reglas...

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