ORDEN EDU/885/2016, de 13 de octubre, por la que se convoca, en el curso 2016/2017, concurso de traslados de ámbito estatal, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el apartado 1 de su disposición adicional sexta, determina como norma de carácter básico del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes la provisión de plazas mediante concurso de traslados de ámbito estatal.

Asimismo, el apartado 3 de la citada disposición establece que periódicamente, las Administraciones educativas convocarán concursos de traslados de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas vacantes que determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de aquéllas, así como para garantizar la posible concurrencia de los funcionarios de su ámbito de gestión a plazas de otras Administraciones educativas y, en su caso, si procede, la adjudicación de aquellas que resulten del propio concurso. En estos concursos podrán participar todos los funcionarios públicos docentes, cualquiera que sea la Administración educativa de la que dependan o por la que hayan ingresado, siempre que reúnan los requisitos generales y los específicos que, de acuerdo con las respectivas plantillas o relaciones de puestos de trabajo, establezcan dichas convocatorias.

En desarrollo de dicho precepto se ha dictado el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, estableciendo en su artículo 7 el carácter bienal de aquél, habiéndose celebrado los últimos concursos de ámbito estatal en el curso 2014/2015.

De conformidad con el artículo 8 del citado Real Decreto, 1364/2010, de 29 de octubre, la Orden ECD/1596/2016, de 23 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ha establecido las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2016/2017, para el personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

En aplicación de lo anterior se hace necesario convocar, en el curso escolar 2016/2017, concurso de traslados, de ámbito estatal, entre los funcionarios del cuerpo de maestros dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos de proceder a la provisión de plazas vacantes y, en su caso, de resultas, pertenecientes a las

plantillas orgánicas de los centros públicos de esta Comunidad Autónoma, siempre que su funcionamiento esté previsto en la planificación educativa y en función de los criterios de estabilidad del profesorado en un mismo centro que se puedan establecer, teniendo como base las disposiciones del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, y el baremo análogo al utilizado en el pasado concurso de traslados de ámbito estatal.

Asimismo, de conformidad con la Orden EDU/106/2016, de 19 de febrero, por la que se regula la obligatoriedad de cumplimentar y presentar mediante aplicativo informático la solicitud de participación en determinados procesos de selección y provisión de puestos de trabajo docentes en los centros públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la Consejería competente en materia de educación, esta convocatoria incluye la obligatoriedad de cumplimentar la solicitud a través de una aplicación informática.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

RESUELVO

Primero.- Objeto.

1.1. El objeto de la presente orden es efectuar en el curso 2016/2017, la convocatoria de concurso de traslados, de ámbito estatal, entre los funcionarios de carrera y en prácticas pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

1.2. En esta convocatoria se incluyen el ejercicio del derecho para la obtención de destino con carácter preferente al mismo centro, indicado en el apartado 8, así como el relativo a obtener destino con ese mismo carácter en localidad o zona, señalado en el apartado 9. Asimismo, las funcionarias del cuerpo de maestros víctimas de violencia de género podrán obtener destino de conformidad con lo establecido en el apartado 27.

Segundo.- Vacantes.

2.1. En esta convocatoria se ofertarán las plazas o puestos vacantes que se determinen, entre los que se incluirán, al menos, los que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2016, así como aquéllos que resulten de la resolución del presente concurso y de los convocados por otras Administraciones educativas, siempre que, en cualquiera de los casos, la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa y en función de los criterios de estabilidad del profesorado en un mismo centro que puedan establecerse.

En las citadas vacantes se incluyen, entre otras, las correspondientes a puestos de educación compensatoria, así como los puestos en centros acogidos al convenio entre el actual Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y «The British Council», las de los centros con secciones bilingües (francés, inglés y alemán) cuya creación se reguló por la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, por la que se regula la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, y las de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria que quedan reservadas

para provisión por los funcionarios del cuerpo de maestros adscritos con carácter definitivo a dichos cursos, de conformidad con la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con la salvedad dispuesta en el apartado 4 respecto a las especialidades pedagogía terapéutica y audición y lenguaje.

2.2. Los Anexos I a VII, relativos a los centros a los que pueden solicitarse las plazas antes señaladas, se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

2.3. De conformidad con el apartado 5 de la Orden ECD/1596/2016, de 23 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2016/2017, para el personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, la determinación provisional y definitiva de estas vacantes se realizará antes de los días 15 de febrero y del 6 de abril de 2017, respectivamente, mediante resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos, que serán publicadas en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en las mismas fechas, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), y en el caso de la resolución definitiva también se dará publicidad de su parte dispositiva en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Tercero.- Prelación y criterios de adjudicación de las vacantes.

3.1. En la resolución de esta convocatoria existirá una prelación en la adjudicación de vacantes y, en su caso, de resultas, realizándose de la siguiente forma:

  1. En primer lugar, la adjudicación derivada del derecho preferente a centro.

  2. En segundo lugar, la adjudicación relativa al derecho preferente a localidad o zona.

  3. En último lugar, la adjudicación resultante del proceso de concurso.

    En consecuencia, no podrá adjudicarse plaza a un maestro que participe en uno de los grupos citados si existe solicitante en el anterior con mejor derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9 en lo que respecta a la adjudicación de plaza concreta a los que hagan efectivo su derecho preferente a una localidad o zona determinada.

    3.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 8 y 9, relativos al ejercicio de los derechos preferentes, el orden de prioridad para la adjudicación de las plazas vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo que figura como Anexo VIII teniendo en cuenta, en su caso, los criterios de desempate indicados en el apartado 20.

    3.3. Los concursantes, ejerzan o no los derechos preferentes indicados en los apartados 8 y 9, deberán utilizar una única solicitud. Las peticiones se atenderán con la prelación indicada en el apartado 3.1 y, una vez obtenido destino, no se tendrán en cuenta las restantes peticiones.

    Cuarto.- Requisitos para el desempeño de especialidades y puestos.

    4.1. Para poder solicitar puestos en centros de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y educación de personas adultas, en las especialidades de pedagogía terapéutica, audición y lenguaje, educación infantil, lengua extranjera: inglés, lengua extranjera: francés, educación física, o música se requiere estar habilitado por la correspondiente especialidad.

    Asimismo y de conformidad con el artículo 10.2 y la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, los maestros funcionarios de carrera que habiendo ingresado en la función...

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