ORDEN EDU/716/2017, de 23 de agosto, por la que se regula la figura del profesor honorífico colaborador y el procedimiento para su nombramiento en el ámbito del sistema educativo no universitario de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

El mantenimiento de la calidad y la equidad en la educación viene siendo la premisa esencial en la que se fundamentan las iniciativas puestas en marcha por la administración educativa de Castilla y León.

La formación permanente del profesorado es uno de los factores fundamentales para la consecución de esos dos factores en favor de la excelencia del sistema educativo.

El modelo de formación del profesorado de Castilla y León considera el centro educativo como célula básica y principal de la formación conjugando las demandas individuales con las necesidades de los centros e institucionales. Este modelo de formación incide en la actualización y el desarrollo de las competencias profesionales potenciando itinerarios formativos que aseguran la formación integral de los docentes en las competencias necesarias para el desarrollo de su función.

Los procesos de mentorazgo, asesoramiento y tutorización por profesores expertos facilitan un caudal de información, conocimiento y buenas prácticas, en beneficio del desarrollo personal y profesional de otra persona, acompañándole en el desempeño de su labor docente y desarrollo profesional.

La colaboración y el compartir experiencias y conocimiento es una de las señas de identidad de nuestro modelo de formación. Contar con profesores con una larga y demostrada trayectoria profesional, así como una excelente formación es un activo que puede redundar en una mejora cualitativa de nuestro modelo de formación permanente.

La Consejería de Educación desea destacar el potencial humano y reconocer la colaboración generosa del profesorado jubilado, que voluntariamente aporte su experiencia y conocimiento al sistema educativo a través de su participación en actuaciones relacionadas con la formación permanente del profesorado de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su preámbulo II, que la transformación de la educación no depende sólo del sistema educativo. Es toda la sociedad la que tiene que asumir un papel activo. Sin la implicación de la sociedad civil no habrá transformación educativa.

Asimismo, la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León, define en su artículo 3, el concepto de voluntariado.

El Decreto 51/2014, de 9 de octubre, por el que se regula la formación permanente del profesorado, en su articulado establece la posibilidad de colaboración de los centros docentes, y de su profesorado para el desarrollo de aspectos relacionados con la formación del profesorado.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León:

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. La presente orden tiene por objeto regular la figura del profesor honorífico colaborador y el procedimiento para su nombramiento en el ámbito del sistema educativo no universitario de la Comunidad de Castilla y León.

    Se define como profesor honorífico colaborador, al docente jubilado de larga trayectoria académica marcada por la excelencia, cuya contribución al sistema educativo haya sido de reconocido valor, y que voluntariamente quiera seguir contribuyendo y colaborando con los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León y con el resto de órganos de la Red de formación permanente del profesorado.

  2. La finalidad de esta orden es reconocer el potencial humano y la colaboración generosa del docente jubilado, así como aprovechar los conocimientos y la excelente trayectoria pedagógica, innovadora e investigadora de dicho docente, que aportará un valor añadido a la formación permanente del profesorado, referido...

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