ORDEN EDU/312/2018, de 16 de marzo, por la que se establece la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las escuelas oficiales de idiomas en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2018-2019.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 59.1 establece que las Enseñanzas de Idiomas se organizan en los niveles básico, intermedio y avanzado, y que dichos niveles se corresponderán respectivamente con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen, a su vez, en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2.

El citado artículo 59.1 prevé además que las enseñanzas del nivel básico tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen.

El Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel Básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto, señala en su artículo 6 que las Administraciones educativas podrán organizar las enseñanzas de los niveles Intermedio y Avanzado en tres cursos como mínimo y en cuatro como máximo, pudiendo ampliarse este límite máximo en un curso más en el caso de los idiomas árabe, chino, coreano, japonés, y ruso y reducirse el límite mínimo de tres cursos en un curso en el caso de español como lengua extranjera y de aquellas lenguas que tienen el carácter de lengua cooficial.

De conformidad con el citado precepto las Administraciones educativas podrán organizar las enseñanzas de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 en cursos de competencia general, que incluye las actividades de comprensión de textos orales y escritos, de producción y coproducción de textos orales y escritos, y de mediación para cada nivel, o por competencias parciales correspondientes a una o más de dichas actividades de lengua.

La disposición final primera del mencionado real decreto precisa que las enseñanzas de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 se implantarán en el año académico 2018-2019.

Sin perjuicio de la tramitación...

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