ORDEN EDU/2/2017, de 11 de enero, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso académico 2015/2016.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
La Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio, crea y regula los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, como reconocimiento del relevante rendimiento del alumnado que haya terminado estos estudios y así poder concurrir a los Premios nacionales de Formación Profesional de grado superior. De acuerdo con el artículo 4.1 las administraciones educativas competentes podrán convocar y conceder Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en sus respectivos ámbitos de competencia. La obtención de estos premios últimos conforme a los artículos 3 y 5.2 dará opción, previa inscripción, a concurrir al correspondiente Premio Nacional de Formación Profesional de grado superior.
Mediante Orden EDU/14/2013, de 15 de enero, modificada por Orden 1124/2014, de 19 de diciembre, por Orden EDU/1095/2015, de 11 de diciembre y por Orden EDU/1102/2016, de 28 de diciembre, se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden EDU/14/2013, de 15 de enero, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
RESUELVO
Primero.- Objeto.
La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2015/2016.
Segundo.- Requisitos de los participantes.
Podrá optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior el alumnado que reúna los siguientes requisitos:
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Haber cursado y superado estudios de Formación Profesional de grado superior en centros docentes, públicos o privados, de la Comunidad de Castilla y León, en régimen de enseñanza presencial o a distancia.
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Haber finalizado estos estudios durante el año 2016.
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Haber obtenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos, en los términos establecidos en la normativa aplicable al respecto.
Tercero.- Premios.
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Podrá concederse un Premio Extraordinario por cada familia profesional de Formación Profesional de grado superior, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado séptimo.
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El alumnado premiado recibirá un diploma acreditativo de la distinción, que será anotada en su expediente académico y en los certificados que se le expidan.
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El alumnado de la Comunidad de Castilla y León que resulte premiado podrá optar, previa inscripción, al Premio Nacional de Formación Profesional que anualmente convoca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Cuarto.- Solicitudes y plazo de presentación.
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Las solicitudes se dirigirán al Consejero de Educación, conforme al modelo de solicitud disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), y se presentarán por alguno de los siguientes medios:
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De forma presencial, preferentemente en el registro de la Consejería de Educación (Monasterio Ntra. Sra. de Prado, Avenida Nuestra Señora de Prado 1, 47014, Valladolid) o por cualquiera de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se admite la presentación de las solicitudes en los registros de los centros docentes.
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De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas.
Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o...
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