ORDEN FAM/1160/2005, de 30 de agosto, por la que se resuelve convocatoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que se cita.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/1160/2005, de 30 de agosto, por la que se resuelve convocatoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que se cita.

Por Orden FAM/771/2005, de 30 de mayo, ('B.O.C. y L.' de 17 de junio de 2005) se anunció convocatoria pública para cubrir, mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que en el Anexo se citaba.

Visto el informe del titular del órgano superior al que figura adscrito el puesto convocado.

En virtud y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26 g) de la Ley 3/2001, de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León ('B.O.C. y L.' de 6 de julio) y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 51 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

DISPONGO:

Primero. Resolver la convocatoria pública para cubrir el puesto de trabajo mediante el sistema de libre designación convocada por Orden de 30 de mayo de 2005 de esta Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Segundo. Adjudicar el puesto de trabajo que figura en el Anexo de esta Orden al funcionario que se cita.

Tercero. El funcionario designado para ocupar el puesto de trabajo mencionado en el Anexo, deberá cesar, en su caso, en su anterior destino y tomar posesión del nuevo en el plazo reglamentariamente establecido.

Cuarto. De la diligencia de cese y toma de posesión que se formule deberá remitirse copia al Registro General de Personal dentro de los tres días siguientes a aquel en que se produzcan.

Quinto. Contra la presente Orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente a su publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, o a elección del demandante, donde éste tenga su domicilio, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa. Igualmente, con carácter...

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