ORDEN AYG/1689/2007, de 12 de septiembre, por la que se declara oficialmente la existencia de la bacteria Erwinia amylovora en los términos municipales de Onzonilla, Villagatón-Brañuelas, Magaz de Cepeda y Villaobispo de Otero, de la provincia de León.

SecciónV - Administración de Justicia
Rango de LeyOrden

Se faculta al Director General de Producción Agropecuaria para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicación y cumplimiento de la presente Orden.

Valladolid, 12 de septiembre de 2007.

La Consejera de Agricultura y Ganadería, Fdo.: S ILVIA C LEMENTE M UNICIO

  1. - En el caso de que una marca o nombre comercial empleado para la designación de un vino amparado por la Denominación de Origen "Tierra del Vino de Zamora" vaya a utilizarse en la comercialización de vinos no amparados por la misma, se deberá comunicar tal circunstancia al Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Tierra del Vino de Zamora" previamente a su utilización.

  2. - En el caso de que una marca o nombre comercial se venga utilizando o se haya utilizado en la comercialización de vinos no amparados por la Denominación de Origen "Tierra del Vino de Zamora" y pretenda emplearse para la designación de vinos amparados por la misma, se deberá comunicar adecuadamente tal circunstancia en la solicitud de inscripción de la etiqueta.»

  3. - El artículo 42, apartado 2, tendrá la siguiente redacción:

2.- El Consejo Regulador garantizará, en todo caso, al Órgano de Control de naturaleza pública adscrito al mismo los recursos económicos necesarios para el desempeño de sus funciones de certificación. Para ello el Consejo Regulador asumirá en su propio presupuesto los gastos del Órgano de Control.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 5 de octubre de 2007.

La Consejera de Agricultura y Ganadería, Fdo.: S ILVIA C LEMENTE M UNICIO

ORDEN AYG/1689/2007, de 12 de septiembre, por la que se declara oficialmente la existencia de la bacteria Erwinia amylovora en los términos municipales de Onzonilla, Villagatón-Brañuelas, Magaz de Cepeda y Villaobispo de Otero, de la provincia de León.

La Ley 43/2002 de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, regula en su Título II, Capítulo III la lucha contra plagas, facultando a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma para declarar la existencia de una plaga, y en su caso, calificar de utilidad pública la lucha contra la misma.

El Real Decreto 1201/1999 de 9 de julio, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas, modificado por el Real Decreto 1512/2005 de 22 de diciembre, establece la obligación de declarar, por parte de la Comunidad Autónoma...

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