ORDEN CYT/1362/2005, de 14 de octubre, por la que se convocan las Becas Relevo 2005

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN CYT/1362/2005, de 14 de octubre, por la que se convocan las Becas Relevo 2005.

La Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, recoge a lo largo de su articulado las competencias para que la Administración Autonómica pueda realizar convocatorias para otorgar ayudas a la promoción del deporte de ámbito regional y el apoyo al deporte de alto nivel de los castellanos y leoneses.

Por otra parte, la práctica deportiva en la élite constituye un claro exponente de imitación, que conlleva por emulación a un aumento en la práctica deportiva, significando una forma más de difusión del deporte.

La concesión de becas también supone un reconocimiento social al trabajo, individual o en equipo, que el deportista realiza para la obtención de resultados.

En consecuencia, una vez aprobado el Decreto 2/2003, de 3 julio de reestructuración de Consejerías y el Decreto 80/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, y en virtud de las atribuciones concedidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se acuerda convocar las Becas Relevo 2005, con arreglo a las siguientes,

BASES:

Primera. Objeto.

El objeto de la presente Orden es convocar las Becas Relevo 2005, que constan de las siguientes modalidades:

  1. Becas Relevo a Deportistas, en las categorías:

    'Senior'

    'Junior'

  2. Becas Relevo a Técnicos o Entrenadores.

    Segunda. Dotación presupuestaria.

    La cuantía destinada a estas Becas será de trescientos setenta y cuatro mil euros, (374.000 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 10.04.457A01.78055.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005.

    Tercera. Requisitos.

    Podrán acceder a las Becas Relevo los deportistas, técnicos o entrenadores que, propuestos por la correspondiente Federación Deportiva de Castilla y León, reúnan los siguientes requisitos:

    · Haber nacido en Castilla y León o, en su defecto, haber residido en algún municipio de la Comunidad en la presente temporada y estar residiendo en la fecha de publicación de la presente Orden.

    · Tener licencia federativa de un club de Castilla y León o de una Federación Deportiva de Castilla y León, en vigor en el momento

    de la entrega de la Beca y haberla tenido, al menos, en la temporada 2004-2005. En el caso de Federaciones Deportivas de Castilla y León cuyas licencias sean expedidas por año natural además de estar en posesión de la licencia correspondiente al año 2005, será necesario haberla tenido durante el año 2004.

    · No haber estado en el último año y no estar en la actualidad inhabilitado para la competición por expediente sancionador.

    · Reunir los requisitos deportivos previstos en las condiciones particulares de cada una de las modalidades y categorías de las Becas.

    Cuarta. Becas Relevo Senior.

    4.1. Las Becas Relevo Senior están destinadas a premiar los resultados obtenidos por deportistas de categoría absoluta.

    4.2. Podrán acceder a estas Becas los deportistas que reúnan, además de los requisitos que con carácter general se establecen en la base tercera, alguno de los siguientes méritos:

    · Haber sido Campeón de España absoluto.

    · Haber conseguido medalla en Campeonatos de Europa o en clasificaciones finales de Copas del Mundo.

    · Haber obtenido puesto entre los ocho primeros clasificados en Campeonatos del Mundo o Juegos Olímpicos.

    4.3. Las Becas estarán dotadas económicamente con una cuantía máxima de cinco mil euros (5.000 ) sobre la que se aplicará los descuentos que correspondan.

    Quinta. Becas Relevo Junior.

    5.1. Las Becas Relevo Junior pretenden reconocer y estimular la obtención...

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