DECRETO 123/1989 de 16 de junio por el que se aprueban nuevas Tarifas aplicables por los Centros de Control de Calidad de la Consejería de Fomento, y se actualizan sus precios.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 21-06-1989 Nº Boletín: 118 / 1989

DECRETO 123/1989 de 16 de junio por el que se aprueban nuevas Tarifas aplicables por los Centros de Control de Calidad de la Consejería de Fomento, y se actualizan sus precios.

La Ley 1/1939 de 10 de febrero de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 1989 suprime en su artículo 35 la Tasa 17.05 «Tasa de los Laboratorios de Obras Públicas», gestionada por la Consejería de Fomento.

Como quiera que la supresión de la tasa 17.05 de aplicación a los ensayos necesarios para los propios servicios de Obras Públicas en la redacción de proyectos o ejecución de obras bajo su inspección y vigilancia, obliga a la aplicación en esos casos de la tarifa aprobada por el Decreto 31/1988 de 18 de febrero, se considera conveniente prever la contingencia de limitación del importe total de los ensayos realizados en los casos en que su repercusión venga asimismo limitada por disposiciones legales o contractuales, y ello ampliado a todas las obras de promoción pública de la Junta de Castilla y León.

Por todo ello, se incorpora al articulado aprobado por el Decreto 31/1988 de 18 de febrero un nuevo artículo que incluye esta contingencia a la limitación referida.

Por otra parte, corresponden, dado el plazo transcurrido desde la publicación del Decreto 31/1988, la actualización de los precios fijados en los mismos, así como la incorporación de los...

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