DECRETO 140/1984, de 20 de diciembre, por el por el que se aprueba la Gerencia Urbanística del Núcleo Nuevo Riaño (León), promovida por la Excma. Diputación Provincial de León y el Excmo. Ayuntamiento de Riaño.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Obras Publicas y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 15-01-1985 Nº Boletín: 3 / 1985

DECRETO 140/1984, de 20 de diciembre, por el por el que se aprueba la Gerencia Urbanística del Núcleo Nuevo Riaño (León), promovida por la Excma. Diputación Provincial de León y el Excmo. Ayuntamiento de Riaño.

La Excma Diputación Provincial de León y el Ayuntamiento de Riaño, han promovido conjuntamente, por los cauces legales que establece el artículo 216 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, la creación de una Gerencia Urbanística para la gestión urbanística del nuevo núcleo de Riaño.

El objeto de este órgano, de acuerdo con los fines expuestos por las Corporaciones promotoras es agilizar la gestión del suelo del Nuevo Núcleo, cuyo desarrollo necesita una estructura administrativa y técnica dotada de los suficientes elementos reales y personales capaz de realizar con garantía las complejas operaciones urbanísticas que han de llevarse a cabo.

En su virtud,

A propuesta del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del territorio, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 20 de diciembre de 1984.

DISPONGO:

Artículo 1º Se aprueba la institución del régimen de Gerencia Urbanística para la gestión del nuevo núcleo de Riaño, en base a las propuestas formuladas por la Excma

Diputación Provincial de León y el Excmo. Ayuntamiento de Riaño (León).

Art. 2º Las facultades de la Gerencia Urbanística y el régimen de recursos contra sus actos y resoluciones, así como su composición, organización y funcionamiento, se acomodarán a lo establecido en el Reglamento que se adjunta como anexo al presente Decreto.
DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, a 20 de diciembre de 1984.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: DEMETRIO MADRID LOPEZ

El Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio,

Fdo.: ANTONIO DE MEER LECHA-MARZO

A N E X O

REGLAMENTO DE LA GERENCIA URBANISTICA PARA LA GESTION DEL NUEVO NUCLEO DE RIAÑO

TITULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 22
Artículo 1º

De acuerdo con lo establecido en el artículo 215 del Texto Refundido de la Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto de 9 de abril de 1976, y los artículos 7, y 15 al 20 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto de 25 de agosto de 1978, así como por el Real Decreto 3412/81, de 29 de diciembre, sobre transferencias a la Junta de Castilla y León en materia de Urbanismo, se crea la Gerencia Urbanística para el desarrollo de las competencias urbanísticas que sea preciso ejecutar en el desarrollo del Nuevo Núcleo de Riaño, con el carácter de entidad dotada de Personalidad jurídica pública, independiente y con patrimonio propio, regida por el presente Reglamento y las disposiciones anteriormente mencionadas.

Sin perjuicio del carácter preferente y primordial que la actividad de la Gerencia ha de prestar al desarrollo del Nuevo Núcleo de Riaño, podrá también ejercer las competencias señaladas en el artículo 3º. en los municipios de la actual Comarca de Acción Especial de Riaño, siempre y cuando así lo soliciten sus respectivas Corporaciones Municipales mediante acuerdo adoptado con sujeción a la normativa legal.

Art. 2º El Consejo de Gerencia fijará el domicilio en el término Municipal de Riaño.
Art. 3º. -1 La Gerencia Urbanística tiene como misión especifica el desarrollo de las competencias urbanísticas que sea preciso ejercitar para el desarrollo del Nuevo Núcleo de Riaño, con arreglo a las previsiones del planeamiento a tal respecto aprobado.
  1. En todo caso será de su especial competencia:

  1. Funciones instrumentales de carácter técnico, cuya decisión corresponda en último término a la Excma. Diputación Provincial de León, relativas a:

    - Elaboración de Proyectos de Planes de Ordenación, Estudios de Detalle y Proyectos de Urbanización.

    - Redactar, tramitar y ejecutar proyectos de expropiación forzosa.

    - Preparar y proponer a las autoridades competentes la aprobación de cualquier clase de documentos y proyecto de indole urbanística que deba redactar el Ayuntamiento de Riaño.

  2. Funciones que impliquen ejercicio de autoridad y que le son transferidas mediante descentralización funcional, como:

    - Señalamiento de alineaciones y rasantes.

    - Concesión de licencias urbanísticas.

    - Expedición de cédulas urbanísticas.

    - Ejercicio de la inspección urbanística.

  3. La gestión del Patrimonio municipal de...

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