DECRETO 16/2010, de 8 de abril, por el que se regula parcialmente la justificación de las subvenciones nominativas, de las concedidas directamente y de las aportaciones dinerarias a entidades del sector público autonómico destinadas a actuaciones concretas otorgadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el control de su pago anticipado.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

Los artículos 29 y 31 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, regulan respectivamente las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos generales de la Comunidad y las concedidas directamente por razones que dificulten su convocatoria pública. La disposición adicional séptima de la misma ley regula las aportaciones dinerarias, no previstas en una convocatoria pública, a entidades del sector público autonómico cuyos presupuestos se integren en los presupuestos generales de la Comunidad de Castilla y León, y cuyo destino sea la realización de actuaciones concretas a desarrollar en el marco de las funciones de la entidad, unas aportaciones muy similares a las subvenciones nominativas y a las concedidas directamente por razones que dificulten su convocatoria pública. Para encauzar más eficazmente la gestión de estas aportaciones dinerarias se ha considerado necesario complementar la ley con las siguientes previsiones:

Para facilitar la comprobación de la justificación de todas estas aportaciones dinerarias conviene prever una certificación por el órgano gestor que recoja los datos fundamentales.

También parece lógico que el régimen de los plazos de justificación de las condiciones de la concesión de las aportaciones a entidades del sector público antes mencionadas que sean autorizadas por la Junta de Castilla y León sea idéntico al de las subvenciones concedidas directamente por razones que dificulten su convocatoria pública y así se prevé.

Por último resulta necesario establecer algunas previsiones respecto de la justificación y control de los pagos anticipados de estas subvenciones y aportaciones, mediante una referencia genérica a la documentación que los órganos gestores deben remitir a las intervenciones delegadas con objeto de que éstas puedan efectuar el control de los pagos efectuados.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de abril de 2010

DISPONE:

Artículo 1 Objeto.

Este Decreto tiene por objeto regular parcialmente la...

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