ORDEN PAT/255/2005, de 18 de febrero, por la que se nombra el Tribunal calificador del concurso-oposición para la provisión de puestos de trabajo vacantes (turno de promoción interna) en régimen de contratación laboral de carácter fijo para la categoría de Técnico de Atención al Menor en Institución.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/255/2005, de 18 de febrero, por la que se nombra el Tribunal calificador del concurso-oposición para la provisión de puestos de trabajo vacantes (turno de promoción interna) en régimen de contratación laboral de carácter fijo para la categoría de Técnico de Atención al Menor en Institución.

De conformidad con lo establecido en la base quinta de la Orden PAT/970/2004, de 23 de junio, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de puestos de trabajo vacantes (turno de promoción interna), en régimen de contratación laboral de carácter fijo, a propuesta de la Gerencia de Servicios Sociales, para la categoría de Técnico de Atención al Menor en Institución en la Administración General de Castilla y León y Organismosautónomos dependientes de ésta, en uso de las competencias atribuidas en la base 5.1 de la citada Orden, esta Consejería

RESUELVE:

Primero. Nombrar al Tribunal calificador del citado concurso-oposición que figura como Anexo de la presente Orden.

Segundo. Previa convocatoria por el Presidente de los miembros titulares y suplentes se constituirá el Tribunal en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación. En esta sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Tercero. El régimen jurídico del Tribunal calificador será el determinado en las disposiciones contenidas en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR