ORDEN SAN/1600/2007, de 25 de septiembre, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría del Grupo Auxiliar Administrativo del Servicio de Salud de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/1600/2007, de 25 de septiembre, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría del Grupo Auxiliar Administrativo del Servicio de Salud de Castilla y León.

Por Orden SAN/1022/2007, de 31 mayo, ('B.O.C. y L.' n.º 112 de 11 de junio) y conforme a la propuesta elevada por el Tribunal Calificador, se aprobó y publicó la relación definitiva de aspirantes que superaron el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas del Grupo Auxiliar Administrativo convocado por Orden SAN/337/2006, de 7 de marzo, ('B.O.C. y L.' n.º 49 de 10 de marzo).

Transcurrido el plazo de presentación de los documentos señalados en la base octava de la Orden SAN/337/2006, de 7 de marzo, y en el punto segundo de la Orden SAN/1022/2007, de 31 de mayo, procede el nombramiento como personal estatutario fijo de la referida categoría a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, han acreditado documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la asignación de los correspondientes destinos.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Consejería de Sanidad,

RESUELVE:

Primero. Nombrar personal estatutario fijo de la categoría del Grupo Auxiliar Administrativo, del Servicio de Salud de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan en el Anexo de la presente Orden, y adjudicar los destinos que se indican, conforme al número de orden obtenido en el citado proceso selectivo.

Segundo. En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de esta Orden, los aspirantes nombrados deberán efectuar la toma de posesión en la Gerencia de Atención Primaria o Gerencia de Atención Especializada a la que esté adscrita la plaza adjudicada.

Perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo quienes, transcurrido dicho plazo, no hayan tomado posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor o imposibilidad así apreciada por el órgano convocante.

Tercero. El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR