ORDEN FAM/83/2008, de 22 de enero, por la que se convocan subvenciones para el año 2008, destinadas a financiar a las Asociaciones de Mujeres de Castilla y León en la adquisición de equipamiento para sus sedes. (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/83/2008, de 22 de enero, por la que se convocan subvenciones para el año 2008, destinadas a financiar a las Asociaciones de Mujeres de Castilla y León en la adquisición de equipamiento para sus sedes.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, siendo consciente de la importancia que tiene la integración de las mujeres en el mundo asociativo y la participación de las mismas en la vida social, económica y cultural de la comunidad en la que se desenvuelven, pretende fomentar la adquisición de medios materiales necesarios para el funcionamiento ordinario de las asociaciones y federaciones de mujeres de nuestra Comunidad autónoma. Las asociaciones de mujeres, dada su complejidad organizativa, precisan de apoyo no sólo para la realización de actividades, sino también para la adquisición y mejora de los equipamientos de sus sedes, reconociendo el servicio que prestan a la sociedad civil colaborando en la formación, integración y participación social de las mujeres.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre establece, además de los Derechos sociales del artículo 13, como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en el artículo 70.1.11.º, la promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

La Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León, recoge entre sus objetivos, la implicación de la sociedad en su conjunto en la adopción de medidas de acción positiva que impulsen la incorporación de la mujer en el ámbito político, social, económico, laboral y cultural de nuestra Comunidad;

difundir en la Comunidad de Castilla y León el concepto de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como progreso social y bien común; o la implicación de las Administraciones Públicas en facilitar a las mujeres su participación activa en la nueva sociedad del conocimiento y de la información.

La presente convocatoria de subvenciones se enmarca en el IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Castilla y León, aprobado por Decreto 1/2007, de 12 de enero, el cual, además de ser un instrumento de planificación de las actuaciones dirigidas a incentivar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, constituye un plan estratégico de subvenciones en los términos previstos por el Art. 8.1 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido anteriormente, el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, la Orden FAM/1640/2005, de 9 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y del Decreto 78/2003, de 17 de julio por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades,

DISPONGO Primero. Objeto y finalidad.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, para financiar la adquisición y mejora de los equipamientos de sus sedes.

Segundo. Actuación subvencionable.

La actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención objeto de la presente convocatoria serán los gastos derivados de la adquisición de los siguientes bienes:

  1. Equipamiento informático:

    1. Ordenador de sobremesa, características: procesador de última generación, disco duro de 80 Gbs, reproductor de DVD-CD Rom, regrabadora DVD-CD Rom, disquetera, memoria RAM 1 Gb, tarjeta gráfica, tarjeta de sonido, tarjeta de red, tarjeta de red para Wi-Fi, 4 puertos USB, monitor 17', teclado multimedia, ratón y altavoces.

    2. Impresora de color de inyección de tinta.

    3. Scanner.

    4. Paquete de software integrado: sistema operativo, paquete de ofimática, paquete de edición de gráficos y tratamiento de imágenes, paquete de edición y grabación de DVD-CD Rom, navegadores y utilidades de Internet, antivirus.

  2. Otro Equipamiento: Mobiliario, Equipos audiovisuales, Fondos bibliográficos, Instalaciones telefónicas y de conexión a internet (exclusivamente la conexión), equipamiento de oficina, etc.

    Tercero. Beneficiarios.

  3. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones de mujeres y federaciones de las mismas, siempre que sean entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y que figuren inscritas en el Registro de Entidades y Centros de Asistencia a la Mujer de la Comunidad de Castilla y León, cuya sede principal se encuentre en la Comunidad Autónoma de Castilla y León y desarrollen actividades en el ámbito de la citada Comunidad.

    Se entiende por asociaciones de mujeres, a los efectos de esta convocatoria, aquellas entidades asociativas formadas por mujeres y que tengan entre sus fines el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer en diversos ámbitos o el desarrollo de actuaciones cuyas usuarias sean mujeres.

  4. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Entidades sin ánimo de lucro en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

    General de Subvenciones.

    Cuarto. Obligaciones...

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