DECRETO 352/1991, de 19 de diciembre por el que se modifican las tarifas de precios por prestación de servicios en determinados centros de Servicios Sociales dependientes de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 23-12-1991 Nº Boletín: 245 / 1991

DECRETO 352/1991, de 19 de diciembre por el que se modifican las tarifas de precios por prestación de servicios en determinados centros de Servicios Sociales dependientes de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social.

Con la entrada en vigor de la Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales, se inicia una nueva etapa en los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y se delimitan claramente las competencias que sobre estas materias le son atribuidas a las Administraciones Públicas de la Región. Así, el artículo 29.e) de la citada Ley, faculta a la Junta de Castilla y León para regular el régimen de precios, bonificaciones y exenciones de los centros y servicios gestionados por la Administración Autonómica.

Como quiera que la última disposición que regulaba las tarifas aplicables para los clubs de ancianos, guarderias infantiles y centros para personas con deficiencia mental dependientes de la Consejeria de Sanidad y Bienestar Social, se estableció a través del Decreto 83/1988, de 5 de mayo, se hace imprescindible actualizar la cuantia de las tarifas y adecuarlas a la realidad actual.

Las presentes tarifas se han fijado con criterios que tienden a favorecer a los usuarios con rentas per capita inferiores. En aquellos casos en que el nivel de renia per capita sea más alta se acercará paulatinamente a los costes del servicio, sin que en ninguno los sobrepasen, dado el carácter eminentemente social de estos centros.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley 17/1990, de 29 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 1991, y en uso de la potestad que en materia de establecimiento de precios atribuye la Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales, a la Junta de Castilla y León; oído el Consejo Regional de Acción Local; a propuesta del Consejero de Sanidad y Bienestar Social y con informe de la Dirección General de Tributos y Política Financiera previa deliberación de la Junta de Castilla y León en sesión celebrada el dia 19 de diciembre de 1991..

......................DISPONGO:

Articulo 1º Se aprueban...

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