DECRETO 251/1994, de 17 de noviembre, por el que se modifica la Estructura Orgánica de la Consejería de Fomento.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 22-11-1994 Nº Boletín: 225 / 1994

DECRETO 251/1994, de 17 de noviembre, por el que se modifica la Estructura Orgánica de la Consejería de Fomento.

El Decreto 275/1991, de 19 de septiembre, estableció la Estructura Orgánica de la Consejería de Fomento, como consecuencia de la reorganización de los órganos superiores de las Consejerías de la Junta de Castilla y León.

La Ley Orgánica 9/1992, de 19 de septiembre y la Ley Orgánica 11/1994, de 24 de marzo han supuesto un incremento de competencias por parte de la Comunidad de Castilla y León, entre las cuales figuran algunas cuya gestión recae en la Consejería de Fomento.

El Decreto 206/1994, de 15 de septiembre, de atribuciones de funciones y servicios en materia de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, las atribuye a la Dirección General de Comercio y Consumo.

Y el Decreto 207/1994, de 15 de septiembre, de atribución de funciones y servicios en materia de Radiodifusión, los atribuye a la Secretaria General.

Igualmente el Decreto 14/1994, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León atribuye a la Consejería de Fomento determinadas competencias en esta materia.

La actual estructura no recoge tales incorporaciones, que es preciso integrar en la misma, para una correcta ejecución de aquéllas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión celebrada el día 17 de noviembre de 1994,

DISPONGO:

Artículo único Los artículos , y del Decreto 275/1991 de 19 de septiembre, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Fomento, quedan redactados como siguen:
Artículo 3º Secretaría General: 1

Corresponde al Secretario General las atribuciones que se señalan en los artículos 30 y 33 de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de 1988, así como desempeñar por delegación del Consejero, sin perjuicio de lo establecido en el articulo 35 de la precitada Ley, la Jefatura Superior del Personal de la Consejería, resolviendo cuantos asuntos sé refieran al mismo, salvo...

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