ORDEN AYG/135/2014, de 24 de febrero, por la que se modifica la Orden AYG/804/2013, de 18 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras de la ayuda a la distribución de frutas y/o verduras a los alumnos de centros escolares en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El «B.O.C. y L.» n.º 194 de 8 de octubre de 2013 publicó la Orden AYG/804/2013, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la ayuda a la distribución de fruta y/o verdura a los alumnos de centros escolares en la Comunidad de Castilla y León.

En dicha orden se define como beneficiario a las sociedades cooperativas o sociedades agrarias de transformación del sector de las frutas y hortalizas con domicilio social y fiscal en la Comunidad de Castilla y León.

Esta restricción acerca de la naturaleza jurídica del beneficiario no está regulada en ninguna disposición normativa de carácter comunitario, limitando además los productos subvencionables a aquellos suministrados por estas empresas, dejando fuera otras opciones que el mercado ofrece y que pueden resultar más adecuadas para el objetivo último de la ayuda: conseguir un aumento del consumo de fruta y verdura en los escolares de nuestra región.

Por ello se considera adecuado suprimir esta restricción y reconocer la capacidad de otras empresas con distinta naturaleza jurídica para suministrar sus productos a los escolares de Castilla y León.

También se considera oportuno definir un tamaño mínimo de empresa, medida por su volumen de negocio, para que sólo puedan ser autorizadas las empresas que acrediten por esta vía la capacidad de suministro y distribución necesaria para desarrollar con éxito las correspondientes estrategias.

En virtud de lo anterior, y conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 26.1.f de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y oídas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y la Unión Regional de Cooperativas Agrarias de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1 Modificación de los artículos 6.1 y 7.3 de la Orden AYG/804/2013, de 18 de septiembre.
  1. Se modifica el apartado 1 del artículo 6, que queda redactado de la siguiente manera:

    1. Podrán acceder a las subvenciones reguladas en esta orden aquellas sociedades cooperativas, sociedades agrarias de transformación y sociedades de capital, del sector de frutas y hortalizas, con domicilio social y fiscal en la Comunidad de Castilla y León y con un importe neto de la cifra de negocios en el último ejercicio cerrado superior a 2.500.000 €, que cumplan los requisitos establecidos en esta Orden y en la correspondiente convocatoria.

  2. Se añade en el un nuevo guión en el apartado 3 del artículo 7, que...

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