DECRETO 268/1996, de 28 de noviembre, por el que se modifica la composición del Pleno y de la Comisión Permanente del Consejo de Turismo de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 268/1996, de 28 de noviembre, por el que se modifica la composición del Pleno y de la Comisión Permanente del Consejo de Turismo de Castilla y León.

El Consejo de Turismo de Castilla y León fue creado por Decreto 152/1986, de 9 de octubre, como órgano consultivo y asesor de la Consejería competente en asuntos relacionados con el turismo.

Decretos posteriores han modificado sus artículos 5.º y 8.º relativos a la composición de su Pleno y de su Comisión Permanente.

Son varios los motivos que aconsejan nuevamente la modificación de la referida norma en lo relativo a su composición.

Por una parte, la creación de la comarca de «El Bierzo», el otorgamiento del carácter oficial de los estudios impartidos por la Escuela Regional de Turismo de Avila, el desarrollo del turismo rural, e, incluso, la recomendación constitucional y comunitaria de fomentar la participación de los ciudadanos como consumidores y usuarios, justifican la integración de sus representantes en los Organos antes mencionados.

Por otra parte, la escasa operatividad del anterior Consejo como consecuencia en gran medida del elevado número de sus componentes, así como la experiencia de estos últimos años que ha puesto de manifiesto la duplicidad de la representación de las Administraciones Públicas en el mismo, aconsejan su reducción, a fin de conseguir una mayor cercanía de sus integrantes a los intereses del sector turístico.

Por último, se ha considerado conveniente derogar las anteriores normas modificadoras del Decreto de creación del Consejo de Turismo de Castilla y León, a fin de mejorar la eficacia y la claridad normativas.

Por lo que antecede, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión celebrada el día 28 de noviembre de 1996

DISPONGO:

Artículo único Los artículos 5.º y 8.º del Decreto 152/1986, de 9 de octubre, por el que se crea el Consejo de Turismo de Castilla y León, tendrán en lo sucesivo la redacción que se inserta a continuación:

Art. 5.º El Pleno del Consejo tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: El Consejero de Industria, Comercio...

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