Decreto 97/2003, de 21 de agosto, por el que se modifica el Decreto 105/2002, de 1 de agosto, por el que se crea la Comisión para el Camino de Santiago de Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Cultura y Turismo |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 97/2003, de 21 de agosto, por el que se modifica el Decreto 105/2002, de 1 de agosto, por el que se crea la Comisión para el Camino de Santiago de Castilla y León.
Por Decreto 105/2002, de 1 de agosto, fue creada la Comisión para el Camino de Santiago de Castilla y León, con el objetivo de llevar a cabo una labor de coordinación, impulso y posterior seguimiento de los planes, propuestas y proyectos con repercusión en el Camino de Santia go.
El Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de Consejerías y los sucesivos Decretos de la Junta de Castilla y León por los que se establecen sus correspondientes estructuras orgánicas han establecido una nueva organización de la Admin i s t ración de la Comunidad de Castilla y León. Por esta ra z ó n , se hace neces a rio proceder a realizar una adaptación del contenido del Decreto 105/2002 a esta nueva estructura organizativa, dando así efectividad a la Comisión del Camino de Santiago, de forma que pueda dar cumplimiento a los objetivos que le son propios.
Así mismo, y como consecuencia de las sesiones de trabajo mantenidas por la Comisión, ha surgido la necesidad de incorporar a la misma a o t ros vocales y personas cuya asistencia y participación contri buirá al enriquecimiento de sus trabajos.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 21 de agosto de 2003
DISPONE:
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El artículo 1.º queda redactado de la siguiente manera:
'Artículo 1.ºCreación.
Se crea la Comisión para el Camino de Santiago de Castilla y León como órgano colegiado adscrito a la Consejería de Cultura y Turismo, con el fin de coordinar las actuaciones relacionadas con el Camino de Santiago en el ámbito ter ritorial de la Comunidad de Castilla y León'.
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El artículo 3.º queda redactado de la siguiente manera:
'Artículo 3.º Composición.
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Formarán parte de la Comisión para el Camino de Santiago de Castilla y León:
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Presidente...
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