ORDEN EYE/409/2009, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, (código de Registro de Ayudas TRA011) así como a la realización de diversas acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas y microempresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Código de Registro de Ayudas TRA012).
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Economia y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN EYE/409/2009, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, (código de Registro de Ayudas TRA011) así como a la realización de diversas acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas y microempresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Código de Registro de Ayudas TRA012).
El proceso permanente de Diálogo Social entre la Administración Autonómica y los Agentes Económicos y Sociales más representativos de la Comunidad Autónoma en el denominado Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla y León, con vigencia para el período 2007-2010, contiene un conjunto de objetivos y actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los recogidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que, en gran medida, van dirigidas a convocatorias de concesiones de ayudas.
Las bases reguladoras de estas subvenciones tienen como finalidad primordialmente mejorar y actualizar las instalaciones y maquinaria de aquellas empresas encuadradas en sectores productivos con mayor índice de siniestralidad laboral y poder sustituir y adaptar sus equipos de trabajo al Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio. Tal medida viene contemplada en la Línea 7 de dicho Acuerdo, bajo el título de 'Acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pymes y micropymes de Castilla y León', así como en determinadas líneas de actuación que se contienen en la Orden de 26 de enero de 2009 de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de dicha Consejería.
La presente Orden se ajusta a lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en cuyo artículo 7.1 figura la competencia para la aprobación de las bases reguladoras 'mediante Orden del titular de la Consejería correspondiente'.
En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO Artículo Único. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, (código de Registro de Ayudas TRA011) así como a la realización de diversas acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas y microempresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Código de Registro de Ayudas TRA012).
Valladolid, 19 de febrero de 2009.
El Consejero de Economía y Empleo,
Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ ANEXO BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PÚBLICAS DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN, ADAPTACIÓN O RENOVACIÓN DE MÁQUINAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD, (CÓDIGO DE REGISTRO DE AYUDAS TRA011) ASÍ COMO A LA REALIZACIÓN DE DIVERSAS ACCIONES DE FOMENTO E INCENTIVACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS Y MICROEMPRESAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN.
(CÓDIGO DE REGISTRO DE AYUDAS TRA012) CAPÍTULO I Disposiciones Generales Base 1.' Objeto.
El objeto de las subvenciones reguladas en las presentes bases es la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, para las empresas encuadradas en los sectores de industria, construcción y servicios (subsectores de talleres de reparación de vehículos y limpieza industrial) con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo y seguridad en las mismas, así como la adquisición o adaptación de las instalaciones, medios instrumentales, aparatos y equipos para el desarrollo de la actividad de los servicios de prevención mancomunados. LÍNEA 1.
Asimismo, tiene por objeto la concesión de subvenciones a empresas para la elaboración e implantación de programas de actuación orientados a la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión de la empresa, incluyendo estudios y diagnósticos ergonómicos, psicosociales y para la aplicación de buenas prácticas preventivas, para la certificación de los sistemas de gestión de la seguridad y salud laboral y para la realización de la primera auditoria en las empresas obligadas a ello. LÍNEA 2.
Base 2.' Beneficiarios.
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LÍNEA 1.
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Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, con ánimo de lucro, que:
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Desarrollen su actividad y realicen las inversiones objeto de subvención en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
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No tengan más de veinticinco trabajadores por cuenta ajena en todo el territorio nacional, en el mes natural inmediatamente anterior a la fecha de registro de la solicitud de subvención.
Si cuentan con más de un centro de trabajo, esta cifra habrá de entenderse referida a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de trabajo.
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Eumplan las normas sobre prevención de riesgos laborales y, en especial, lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
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No hayan sido sancionadas, con carácter firme, por faltas graves o muy graves, en materia de seguridad y salud laboral, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que la presente Orden produzca efectos.
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No estén incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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También podrán ser beneficiarios los servicios de prevención mancomunados que se constituyan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 21 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, que agrupen, al menos, a un 80% de empresas de menos de 50 trabajadores y siempre que éstas desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Así mismo deberán cumplir los requisitos establecidos en las letras c), d) y e) del punto anterior.
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LÍNEA 2.
Podrán ser beneficiarias las pequeñas empresas y microempresas que se comprometan a elaborar e implantar programas de actuación orientados:
· a la integración de la prevención de riesgos laborales en su sistema de gestión, incluidos los estudios y diagnósticos ergonómicos, psicosociales y la aplicación de buenas prácticas preventivas, conforme al artículo 1 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de...
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