ORDEN EYE/409/2009, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, (código de Registro de Ayudas TRA011) así como a la realización de diversas acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas y microempresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Código de Registro de Ayudas TRA012).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/409/2009, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, (código de Registro de Ayudas TRA011) así como a la realización de diversas acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas y microempresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Código de Registro de Ayudas TRA012).

El proceso permanente de Diálogo Social entre la Administración Autonómica y los Agentes Económicos y Sociales más representativos de la Comunidad Autónoma en el denominado Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla y León, con vigencia para el período 2007-2010, contiene un conjunto de objetivos y actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los recogidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que, en gran medida, van dirigidas a convocatorias de concesiones de ayudas.

Las bases reguladoras de estas subvenciones tienen como finalidad primordialmente mejorar y actualizar las instalaciones y maquinaria de aquellas empresas encuadradas en sectores productivos con mayor índice de siniestralidad laboral y poder sustituir y adaptar sus equipos de trabajo al Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio. Tal medida viene contemplada en la Línea 7 de dicho Acuerdo, bajo el título de 'Acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pymes y micropymes de Castilla y León', así como en determinadas líneas de actuación que se contienen en la Orden de 26 de enero de 2009 de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de dicha Consejería.

La presente Orden se ajusta a lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en cuyo artículo 7.1 figura la competencia para la aprobación de las bases reguladoras 'mediante Orden del titular de la Consejería correspondiente'.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Artículo Único. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, (código de Registro de Ayudas TRA011) así como a la realización de diversas acciones de fomento e incentivación de la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas y microempresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Código de Registro de Ayudas TRA012).

DISPOSICIÓN TRANSITORIA Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta Orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su publicación.
DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 19 de febrero de 2009.

El Consejero de Economía y Empleo,

Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ ANEXO BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PÚBLICAS DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN, ADAPTACIÓN O RENOVACIÓN DE MÁQUINAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD, (CÓDIGO DE REGISTRO DE AYUDAS TRA011) ASÍ COMO A LA REALIZACIÓN DE DIVERSAS ACCIONES DE FOMENTO E INCENTIVACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS Y MICROEMPRESAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN.

(CÓDIGO DE REGISTRO DE AYUDAS TRA012) CAPÍTULO I Disposiciones Generales Base 1.' Objeto.

El objeto de las subvenciones reguladas en las presentes bases es la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, para las empresas encuadradas en los sectores de industria, construcción y servicios (subsectores de talleres de reparación de vehículos y limpieza industrial) con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo y seguridad en las mismas, así como la adquisición o adaptación de las instalaciones, medios instrumentales, aparatos y equipos para el desarrollo de la actividad de los servicios de prevención mancomunados. LÍNEA 1.

Asimismo, tiene por objeto la concesión de subvenciones a empresas para la elaboración e implantación de programas de actuación orientados a la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión de la empresa, incluyendo estudios y diagnósticos ergonómicos, psicosociales y para la aplicación de buenas prácticas preventivas, para la certificación de los sistemas de gestión de la seguridad y salud laboral y para la realización de la primera auditoria en las empresas obligadas a ello. LÍNEA 2.

Base 2.' Beneficiarios.

  1. LÍNEA 1.

  2. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, con ánimo de lucro, que:

    1. Desarrollen su actividad y realicen las inversiones objeto de subvención en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

    2. No tengan más de veinticinco trabajadores por cuenta ajena en todo el territorio nacional, en el mes natural inmediatamente anterior a la fecha de registro de la solicitud de subvención.

      Si cuentan con más de un centro de trabajo, esta cifra habrá de entenderse referida a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de trabajo.

    3. Eumplan las normas sobre prevención de riesgos laborales y, en especial, lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

    4. No hayan sido sancionadas, con carácter firme, por faltas graves o muy graves, en materia de seguridad y salud laboral, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que la presente Orden produzca efectos.

    5. No estén incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. También podrán ser beneficiarios los servicios de prevención mancomunados que se constituyan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 21 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, que agrupen, al menos, a un 80% de empresas de menos de 50 trabajadores y siempre que éstas desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Así mismo deberán cumplir los requisitos establecidos en las letras c), d) y e) del punto anterior.

  4. LÍNEA 2.

    Podrán ser beneficiarias las pequeñas empresas y microempresas que se comprometan a elaborar e implantar programas de actuación orientados:

    · a la integración de la prevención de riesgos laborales en su sistema de gestión, incluidos los estudios y diagnósticos ergonómicos, psicosociales y la aplicación de buenas prácticas preventivas, conforme al artículo 1 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de...

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