ORDEN FYM/688/2012, de 9 de agosto, por la que se aprueba el mapa estratégico de ruido del municipio de San Andrés del Rabanedo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta de mapa estratégico de ruido del municipio de San Andrés del Rabanedo y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2012, acuerda someter la propuesta de mapa estratégico de ruido del municipio al trámite de información pública, por un período de un mes, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 93, de 17 de mayo de 2012, con corrección en el «B.O.C. y L.» n.º 99, de 25 de mayo de 2012, Diario de León de 17 de mayo de 2012, tablón de edicto municipal y página web del Ayuntamiento, no habiéndose presentado alegación alguna durante este período.

Segundo .- En sesión ordinaria celebrada el día 10 de julio de 2012, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo, aprueba la propuesta de mapa estratégico de ruido y la remite a la Consejería competente en materia de medio ambiente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.4 de la Ley 5/2009, de 4 de junio.

Tercero .- Revisada la documentación remitida por el Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo a esta Consejería, con fecha 7 de agosto de 2012, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que el expediente del mapa estratégico de ruido del municipio de San Andrés del Rabanedo se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero .- La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es el órgano competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Arts. 4.1.f. y 19.4 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León y en los Decretos 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías

y 34/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Segundo .- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Tercero .- Los mapas estratégicos de ruido son un elemento previsto por la Directiva sobre Ruido Ambiental encaminado...

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