ORDEN EDU/1162/2005, de 6 de septiembre, por la que se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados y por la que se aprueba la relación de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad en las pruebas de ingreso y adquisición de nuevas especialidades convocadas por Orden PAT/489/2005, de 22 de abril.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1162/2005, de 6 de septiembre, por la que se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados y por la que se aprueba la relación de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad en las pruebas de ingreso y adquisición de nuevas especialidades convocadas por Orden PAT/489/2005, de 22 de abril.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la base décima de la Orden PAT/489/2005, de 22 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas de ingreso al Cuerpo de Maestros, procede efectuar el nombramiento de funcionarios en prácticas de los aspirantes seleccionados.

Asimismo, a tenor del apartado tercero de la base vigésima, corresponde a la Consejería de Educación hacer pública la relación de aspirantes declarados aptos en el proceso de adquisición de nuevas especialidades con indicación de la nueva especialidad adquirida.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero. Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados en las citadas pruebas selectivas relacionados en el Anexo I a la presente Orden con asignación de número de Registro Personal, indicación de la especialidad por la que accedieron y provincia a la que están adscritos para la realización de la fase de prácticas.

En el citado Anexo los funcionarios en prácticas aparecen relacionados por orden de puntuación el cual será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el próximo concurso de traslados al que están obligados a participar según se dispone en el apartado tercero de la base duodécima de la Orden PAT/489/2005, de 22 de abril.

Segundo. Declarar en situación de aplazamiento legal para la realización de la fase de prácticas, al tener concedida la prórroga de incorporación, a los aspirantes relacionados en el Anexo II a la presente Orden.

Estos aspirantes serán nombrados funcionarios de carrera el 1 de septiembre del siguiente curso escolar en el que finalicen, con la valoración de aptos, la fase de prácticas.

Tercero. De conformidad con el apartado quinto de la base octava de la Orden PAT/489/2005, de 22 de abril, se acepta la renuncia de los aspirantes relacionados en el Anexo III a su nombramiento como funcionarios en prácticas, por haber superado las pruebas selectivas en convocatoria correspondiente a otra Administración educativa, perdiendo en consecuencia todos los derechos derivados del citado procedimiento selectivo.

Cuarto. A tenor de lo dispuesto en el apartado cuarto de la base novena de la Orden PAT/489/2005, de 22 de abril, y en el apartado séptimo de la Resolución de 22 de julio de 2005 de la Dirección General de Recursos Humanos, quedan anuladas las actuaciones de los aspirantes relacionados en el Anexo IV.

Quinto. El nombramiento de funcionarios en prácticas no presupone que los seleccionados reúnan los requisitos exigidos para serlo.

Una vez ultimada la revisión de las documentaciones presentadas para el nombramiento de funcionarios en prácticas, se publicará, en su caso, en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' una Orden complementaria, con la exclusión del nombramiento de los que no hayan demostrado reunir los requisitos exigidos en la convocatoria de dichos procedimientos selectivos.

Sexto. El nombramiento como funcionarios en prácticas tendrá efectos administrativos y económicos de 1 de septiembre de 2005.

Séptimo. De conformidad con el apartado primero de la base décima de la Orden de convocatoria del proceso selectivo, los aspirantes que en el día indicado en el artículo anterior, no se hayan incorporado a su destino sin causa justificada, se entenderá que han renunciado al concurso-oposición.

Octavo. Desde el momento del nombramiento de funcionarios en prácticas hasta el nombramiento como funcionarios de carrera el régimen jurídico-administrativo de los opositores será el de funcionario en prácticas, que les será de aplicación a todos los efectos desde la fecha indicada de 1 de septiembre de 2005.

Noveno. De conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la base novena de la Orden PAT/489/2005, de 22 de abril, aquellos seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas en virtud de la presente Orden, que ya están prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral, deberán formular ante la Dirección Provincial de Educación de la provincia a la que han sido destinados, opción expresa por las remuneraciones que vienen percibiendo en cualquiera de estas situaciones o por las que correspondan como funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros durante el período de duración de las mismas.

Décimo. Los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas a través de la presente Orden, deberán declarar, bajo juramento o promesa que no se encuentran incursos en alguna de las causas previstas tanto en la Ley

  1. AUTORIDADES Y PERSONAL

53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas como en su normativa de desarrollo.

Undécimo. Los nombrados funcionarios en prácticas que por situaciones excepcionales deban interrumpir la realización de las prácticas, podrán remitir su solicitud de interrupción ante la correspondiente Dirección Provincial de Educación, la cual recabará los informes oportunos al respecto y elevará la oportuna propuesta de resolución a la Dirección General de Recursos Humanos.

En los casos en los que dicha solicitud sea concedida, a estos aspirantes les será de aplicación lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo segundo.

Duodécimo. Hacer pública la relación de aspirantes que han adquirido nueva especialidad en el Cuerpo de Maestros y que figura como Anexo V a la presente Orden.

Según el apartado cuarto de la base vigésima de la Orden PAT/489/2005, de 22 de abril, quienes adquieren una nueva especialidad por este procedimiento estarán exentos de la fase de prácticas.

Asimismo, la adquisición de nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que se pudieran poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas a través de los mecanismos establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios docentes del Cuerpo de Maestros.

Por la Consejería de Educación se expedirá la correspondiente credencial de adquisición de nuevas especialidades y se procederá a su anotación en el Registro General de Personal.

Decimotercero. Se faculta a la Directora General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación para dictar cuantas instrucciones fueran precisas en aplicación y desarrollo de la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a), 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 6 de septiembre de 2005.

El Consejero,

Fdo.: FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ GUISASOLA

ANEXO I

RELACIÓN DE FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS

CASTRO OTERO, VALERIANA DE

ALBERCA DE LA IGLESIA, M. DEL CARMEN

PEREZ MELLADO, M. ELENA

RUJAS SANCHEZ, M. MAR

PINDADO BENITO, M. CARMEN

PEREZ OTERO, M. ANGELES

ALVAREZ LAVIANA, VICENTE JOSE

PEREZ ARROYO, M. BEGOÑA

ROJO BAILLY, KATIA

MARTIN ACOSTA, TERESA

ROMERO CHARLE, EVA

LOPEZ LOPEZ, M. CRUZ

ROBLES GALAN, AURORA

HERNANDEZ MESONERO, ANGEL ANTONIO

ROMAN VARA, AMPARO

FERNANDEZ FERNANDEZ, INMACULADA V.

AMIGO ROMERO, TERESA

ALEGRE MAYO, M. CARMEN

VALDERREY VAQUERO, NATALIA

PRIETO BERCIANO, M. ANGELES

GENTIL GUTIERREZ, M. PILAR

CORDERO RODRIGUEZ, VANESSA

SOBRINO PAJARES, M. ANGELES

GARCIA PALLIN, M. ESTHER

PEREZ MARTINEZ, ISABEL

GUERRERO BRAVO, M. ANGELES

FLORES REGUILON, ADELA

SANCHEZ RODRIGUEZ, SONIA

NIETO RUIZ DE GAONA, CRISTINA

GONZALEZ REDONDO, M. ISABEL

GAMBRA NAVARRO, MONICA

BENITO MELENDO, SILVIA

CABALLERO CABALLERO, M. CARMEN

FERNANDEZ CARBAJALES, ALICIA

MORALES HERNANDEZ, LOURDES

IGLESIAS PRIETO, VIOLETA

LOZANO GONZALEZ, SUSANA

MUÑOYERRO SACRISTAN, M. PILAR

GALINDO PEDRAZO, ROBERTO VICARIO PAMPLIEGA, PATRICIA EDUCACION FISICA

PEDAGOGIA TERAPEUTICA

EDUCACION FISICA

IDIOMA EXTRANJERO: INGLES

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION FISICA

EDUCACION INFANTIL

MUSICA

PEDAGOGIA TERAPEUTICA

PEDAGOGIA TERAPEUTICA

IDIOMA EXTRANJERO: INGLES

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION FISICA

EDUCACION FISICA

AUDICION Y LENGUAJE

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

PEDAGOGIA TERAPEUTICA

PEDAGOGIA TERAPEUTICA

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

IDIOMA EXTRANJERO: INGLES

EDUCACION INFANTIL

MUSICA

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

IDIOMA EXTRANJERO: INGLES

PEDAGOGIA TERAPEUTICA

AUDICION Y LENGUAJE

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION INFANTIL

EDUCACION FISICA IDIOMA EXTRANJERO: INGLES 09.4210

09.3205

09.2954

09.2715

09.2648

09.1750

09.1574

09.1392

09.0491

09.0205

08.9775

08.9600

08.9185

08.8974

08.8667

08.8104

08.8024

08.7703

08.7523

08.7466

08.7250

08.7066

08.6664

08.6584

08.6507

08.6149

08.5560

08.5544

08.5377

08.5369

08.5248

08.4742

08.4659

08.4273

08.4233

08.4134

08.4105

08.3948

08.3894

08.3775

SALAMANCA

ZAMORA

SALAMANCA

VALLADOLID

AVILA

BURGOS

LEON

PALENCIA

PALENCIA

SALAMANCA

SORIA

LEON

SALAMANCA

SALAMANCA

ZAMORA

VALLADOLID

ZAMORA

VALLADOLID

LEON

SALAMANCA

BURGOS

ZAMORA

VALLADOLID

AVILA

SORIA

SALAMANCA

ZAMORA

SALAMANCA

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