ORDEN EDU/979/2009, de 29 de abril, por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2009/2010.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/979/2009, de 29 de abril, por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2009/2010.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio.

La importante demanda social orientada a obtener ayudas para compensar los gastos que el principio de curso ocasiona a las familias, en particular con motivo de la adquisición de libros de texto, hace preciso convocar ayudas económicas para financiar dichos gastos, dentro de las disponibilidades presupuestarias de esta Comunidad Autónoma.

A tal efecto, y al amparo de la previsión legal contenida en el artículo 46.1 a) de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras, mediante Orden EDU/903/2009, de 21 de abril ('Boletín Oficial de Castilla y León' nº 79 de 29 de abril) se han aprobado las bases reguladoras de estas ayudas, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. En atención a lo determinado en el artículo 4 de la citada Orden, procede ahora convocar las ayudas para financiar la adquisición de libros de texto durante el curso 2009/2010.

Asimismo, y de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 1.2 de las bases reguladoras, con la finalidad de conseguir una mayor agilidad administrativa, y a la vez simplificar los trámites a los ciudadanos, se coordina la presente convocatoria de ayudas, con la que realiza el Ministerio de Educación, de modo que los interesados deberán presentar una única solicitud para participar en las dos convocatorias y tener así acceso a ambas ayudas.

En la presente convocatoria se sigue la línea ya iniciada en convocatorias anteriores, otorgando una especial atención a colectivos con mayores dificultades y que por sus circunstancias personales y familiares, pueden necesitar un mayor apoyo económico. Así, se mantiene la supresión del requisito del límite de renta en familias numerosas, familias en las que alguno de sus miembros cuente con algún tipo de discapacidad, o bien sean víctimas de la violencia de género o víctimas de terrorismo.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de estas ayudas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO Primero. Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar, ayudas en régimen de concesión directa al amparo del artículo 22.2b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2009/2010.

1.2. La concesión de estas ayudas se efectuará en dos fases en función de la obtención de las ayudas que para libros de texto y material didáctico convoque el Ministerio de Educación para el curso 2009/2010.

Segundo. Cuantía y dotación presupuestaria.

2.1. La cuantía global máxima del crédito para estas ayudas será de CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS EUROS (5.325.500 ), con cargo a la aplicación 07.01.322A05.48088 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2009 y de DIEZMILLONESCUATROCIENTOSVEINTEMILEUROS(10.420.000), con cargo a la misma aplicación de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2010.

Dicho crédito podrá ser ampliado hasta un máximo de un 40% si el importe a conceder supera, por el aumento del número de solicitantes, la cuantía inicialmente prevista, mediante la modificación de la presente Orden y la realización de los oportunos trámites de fiscalización.

2.2. La cuantía de las ayudas será de CIENTO DIECISÉIS EUROS (116 ) por alumno que vaya a cursar educación primaria, de CIENTO TREINTA Y SEIS EUROS (136 ) por alumno que vaya a cursar 1.º y 2.º de educación secundaria obligatoria y de CIENTO CINCUENTA EUROS (150 ) por alumno que vaya a cursar 3.º y 4.º de educación secundaria obligatoria.

Para los alumnos que cursen sus estudios dentro de los programas bilingües, las cuantías serán de CIENTO SETENTAY CUATRO EUROS (174 ) por alumno que vaya a cursar educación primaria, de CIENTO OCHENTA EUROS (180 ) por alumno que vaya a cursar 1.º y 2.º de educación secundaria obligatoria y de CIENTO NOVENTA Y CINCO EUROS (195 ) por alumno que vaya a cursar 3.º y 4.º de educación secundaria obligatoria.

Por su parte, aquellos alumnos que obtengan la ayuda correspondiente en la convocatoria del Ministerio de Educación para libros de texto y material didáctico para el curso 2009/2010, recibirán la diferencia entre las anteriores...

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