ORDEN CYT/1919/2009, de 4 de septiembre, por la que se nombra el Tribunal que ha de juzgar las pruebas para la obtención de la habilitación como Guía de Turismo de Castilla y León

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

Entre la notificación y la firma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Tercero. Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de formalización de la modificación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarla de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al centro de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y 52 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

Cuarto. La presente Orden tendrá efectos desde el inicio del curso académico 2009/2010.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.

Ambos plazos se computaran a partir del día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 2 de octubre de 2009.

El Consejero,

Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO ORDEN CYT/1918/2009, de 27 de julio, por la que se incorpora la Biblioteca Municipal de Navalmanzano (Segovia), al Sistema de Bibliotecas de Castilla y León.

Se ha recibido en esta Consejería escrito acompañado de documentación anexa por el que el Ayuntamiento de Navalmanzano solicita la incorporación de su Biblioteca Municipal, al Sistema de Bibliotecas de Castilla y León. Dicha solicitud se realiza al amparo de lo previsto en el artículo 19 del Reglamento de centros y servicios bibliotecarios del mencionado Sistema.

Examinada la documentación citada por los Servicios Técnicos de esta Consejería, se deduce que la Biblioteca Municipal de Navalmanzano, dispone de locales, equipamiento y personal suficientes para atender al servicio de lectura pública en relación con el núcleo de población al que se atiende.

Por los motivos expuestos y en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 20.1 del Reglamento de centros y servicios bibliotecarios integrados en el citado Sistema.

DISPONGO:

La incorporación de la Biblioteca Municipal de Navalmanzano, al Sistema de Bibliotecas de Castilla y León, en el marco del Sistema Provincial de Segovia,

Valladolid, 27 de julio de 2009.

La Consejera de Cultura y...

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