Orden FOM/943/2003, de 11 de julio, por la que se acuerda conceder la renovación de la acreditación en el área de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua al laboratorio de la empresa Inzamac Asistencias Técnicas, S.A. (INZAMAC) sito en C/ Alfareros, Parcela S-4, Polígono Industrial de Hontoria (Segovia).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/943/2003, de 11 de julio, por la que se acuerda conceder la renovación de la acreditación en el área de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua al laboratorio de la empre sa Inzamac Asistencias Técnicas, S.A. (INZAMAC) sito en C/ Alfare ros, Parcela S-4, Polígono Industrial de Hontoria (Segovia).

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. Con fe cha 13 de enero de 2003 D. Diego Rodríguez Bollón, en rep resentación de la empresa INZAMAC ASISTENCIAS T É C N I C A S, S. A . , s o l icitó la renovación de la acreditación del laboratorio de esta empresa sito en C/ Alfareros, Parcela S-4, Polígono Industrial de Hontoria (Segovia) en el área de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua, concedida por Orden de la Consejería de Fomento de 21 de julio de 1998 ('B.O.C. y L.' n.º 145 de 31 de julio).

  2. Una vez instruido el expediente correspondiente, relativo a la solicitud de obtención de la renovación de la acreditación en el área referida en el apartado anterior, se informó favorablemente por la Secretaría General de la Consejería de Fomento, proponiéndose en consecuencia la concesión de la renovación de la acreditación en el área precitada.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO:

  3. El Decreto 193/1990 de 18 de octubre ('B.O.C. y L.' n.º 204 de 22 de octubre), en ejercicio de las competencias otorgadas a la Consejería de Fomento por la legislación que se cita en su preámbulo aprobó las disposiciones reguladoras generales sobre acreditación de Laboratorios de Ensayo para el Control de Calidad de la Construcción. El artículo 11 de este Decreto esta blece que la concesión, cancelación o renovación de las acreditaciones corresponden al Consejero de Fomento, previo informe de la Secretaría General.

  4. Al amparo de lo establecido en la disposición final primera del D e c reto 193/1990 de 18 de octubre, por Orden de 4 de ab ril de 1991 ('B.O.C. y L.' n.º 70 de 12 de ab ri l ) , de la Consejería de Fo m e n t o , se ap rob a ron las disposiciones reg u l a d o ras específicas de la acreditación de Lab orat o rios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción en el áre a de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua que re s u ltan de aplicación para re s o l ver la solicitud de re n ovación de la acre d i t a c i ó n en el área a que se re fi e re dicha Ord e n .

  5. Habiendo resultado acreditado durante la instrucción del ex p e d i e n t e el cumplimiento de las disposiciones ge n e rales y específicas ap l i...

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