DECRETO 254/1997, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Intervención en el Patrimonio Documental de Castilla y León para el periodo 1997-2002.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 22-12-1997 Nº Boletín: 245 / 1997

DECRETO 254/1997, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Intervención en el Patrimonio Documental de Castilla y León para el periodo 1997-2002.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene atribuidas, en el ámbito de su territorio, competencias legislativas, reglamentarias y ejecutivas en materia de Patrimonio Documental en virtud de lo establecido en el artículo 26 de su Estatuto de Autonomía. La identificación, valoración y descripción de dicho Patrimonio, junto con la protección, custodia y difusión del mismo, constituyen las principales tareas que la Junta de Castilla y León impulsa para la consecución de los objetivos previstos en el artículo 1.º de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental, en cuyo marco han de desarrollarse las actuaciones que la Junta ha de desplegar para la adecuada consecución de los mencionados fines.

La citada Ley constituye la norma básica de nuestra Comunidad Autónoma sobre esta materia, desarrollada en sucesivas disposiciones reglamentarias posteriores. Así, por Decreto 309/1993, de 23 de diciembre, se regulan la composición, funciones y organización del Consejo de Archivos de Castilla y León, mediante el Decreto 221/1994, de 6 de octubre, se establecen la estructura y funciones del Archivo General de la Comunidad Autónoma, el Decreto 115/1996, de 2 de mayo, aprueba el Reglamento del Sistema de Archivos de Castilla y León, y la Orden de 28 de enero de 1997 crea la Comisión Calificadora de Documentos de Castilla y León.

Establecido así el marco jurídico y organizativo en el que se han de desarrollar las funciones expresadas, procede ahora establecer la planificación de las diversas actuaciones conducentes a lograr la plasmación real de las previsiones contenidas en la Ley y sus normas de desarrollo. Para alcanzar tal fin, la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León ha promovido, a través de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, la elaboración del Plan de Intervención en el Patrimonio Documental para el periodo comprendido entre los años 1997 y 2002, cuyo objetivo básico es canalizar, de manera ordenada y mediante una adecuada programación, el progresivo y efectivo cumplimiento de las prescripciones que contemplan la Ley de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León y sus normas complementarias de desarrollo, especialmente el Reglamento del Sistema de Archivos de Castilla y León.

El Plan de Intervención en el Patrimonio Documental contempla pues, en el planteamiento de sus propuestas, la necesidad de impulsar el desarrollo de las previsiones contenidas en dicho Reglamento, para que nuestro Sistema de Archivos adquiera progresivamente la estabilidad, solidez y coherencia internas necesarias para acudir con verdadera eficacia al cumplimiento de las misiones que, en su artículo 41, la Ley le encomienda en relación con el Patrimonio Documental de Castilla y León. Para ello debe procurarse una actuación equilibrada sobre la Red Central y las Provinciales de Archivos, tanto en lo que se refiere a los Centros archivísticos de los que la Administración autonómica es titular o gestora; como en los correspondientes a las Entidades Locales y a las privadas.

Uno de los factores más destacados que conviene tener en cuenta en la valoración del Patrimonio Documental lo constituye su propio carácter y el verdadero ámbito de su contenido. No pocas veces se restringe el mismo a los fondos, colecciones, series y documentos singulares tradicionalmente considerados históricos, sin contemplar los documentos que tanto las distintas Administraciones como instituciones y organizaciones de todo tipo han venido produciendo en los últimos años, y en la actualidad. Esta restricción carece de fundamento en las disposiciones vigentes en materia de Patrimonio Documental, como nuestra Ley de Archivos, en cuyo artículo 4.º se define el mismo, incluyendo en él la documentación producida por los distintos organismos y entidades de las Administraciones Públicas.

No debe, por tanto, desatenderse el adecuado control y la correcta organización de estos fondos documentales que, si bien se contemplan ordinariamente desde una perspectiva enfocada a su valoración administrativa, poseen o pueden adquirir en plazo breve la consideración de históricos en virtud de la Ley, y constituirán en el futuro instrumentos imprescindibles para el estudio y la correcta interpretación de la actividad que en todos los órdenes despliegan actualmente los castellanos y leoneses en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.

Así pues, con los fundamentos, objetivos y criterios materiales de actuación expuestos, el Plan que se aprueba por medio de este Decreto centra sus previsiones en los distintos aspectos relacionados con la instalación, organización y mantenimiento de los Archivos como contenedores necesarios e imprescindibles del Patrimonio Documental, e instrumentos idóneos para garantizar su correcta conservación y custodia.

Con carácter previo a su aprobación, el texto del presente Plan de Intervención ha sido sometido a la consideración del Consejo de Archivos de Castilla y León y de la Comisión Mixta Junta de Castilla y León-

Obispos de la Iglesia Católica de Castilla y León.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Educación y Cultura, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 18 de diciembre de 1997

DISPONGO:

Artículo 1 º Se aprueba el Plan de Intervención en el Patrimonio Documental de Castilla y León para el periodo 1997-2002, cuyo texto se inserta como Anexo del presente Decreto.
Art. 2 º Los objetivos básicos del Plan son los siguientes:
  1. Procurar la adecuación de instalaciones, equipamiento y dotación de recursos materiales y humanos de los Centros del Sistema de Archivos de Castilla y León, como contenedores del Patrimonio Documental.

  2. Desarrollar los programas de actuación necesarios para conseguir la correcta organización y gestión de la documentación custodiada en los Archivos, garantizando la identificación y valoración del mencionado Patrimonio.

  3. Definir y potenciar programas complementarios destinados a apoyar los objetivos anteriores, especialmente en lo referente a la conservación, descripción y difusión de dicho Patrimonio.

Art. 3

º La inversión global prevista para el desarrollo del Plan se estima en 1.800.000.000 pesetas, que será financiada, en función de las disponibilidades presupuestarias, mediante las correspondientes consignaciones en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, recabando la colaboración de particulares y entidades públicas con interés o competencia en el desarrollo de las actuaciones programadas.

Art. 4 º La ejecución del Plan se desarrollará de acuerdo con las prioridades que para periodos determinados sean fijadas por la Consejería de Educación y Cultura.
Art. 5 º 1

La Consejería de Educación y Cultura llevará a cabo la evaluación de los objetivos y actividades desarrolladas para la ejecución del Plan.

  1. Los objetivos del Plan serán actualizados al término de su periodo de vigencia, teniendo en cuenta los resultados obtenidos de su evaluación.

DISPOSICION FINAL

Se faculta a la Consejería de Educación y Cultura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para...

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