CIRCULAR n.º 1/1989, de 30 de marzo, de la Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sobre la interpretación que debe darse a los artículos 109 y 110 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad conforme a la nueva redacción establecida por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para...

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyCircular

Fecha del Boletín: 11-04-1989 Nº Boletín: 69 / 1989

CIRCULAR n.º 1/1989, de 30 de marzo, de la Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sobre la interpretación que debe darse a los artículos 109 y 110 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad conforme a la nueva redacción establecida por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 1989.

Los artículos 5.1 y 8 de la Ley 1/1989, de 10 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, para 1989, introducen diversas modificaciones a los artículos 110.2 y 109.4, respectivamente, de la Ley de la Hacienda de la Comunidad, planteando algunas dudas sobre el alcance de su contenido.

Por ello y con el fin de lograr la conveniente homogeneidad en la interpretación y aplicación de los citados preceptos, esta Intervención General considera necesario dictar las siguientes instrucciones:

  1. Cualquier compromiso de gasto adquirido conforme a derecho en un ejercicio, estuviera o no contabilizado, puede ser reconocido y pagado con aplicación a los créditos del ejercicio corriente, con independencia de que posteriormente se realice la correspondiente incorporación de crédito.

  2. No podrán ser susceptibles de pago con aplicación a los créditos del ejercicio corriente las obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos sin la preceptiva fiscalización, a no ser que la Junta apruebe previamente el correspondiente expediente de convalidación del gasto, según el procedimiento previsto en el artículo 140.2 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.

  3. La expedición de las órdenes de pago con aplicación a los créditos del presupuesto...

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