ORDEN EDU/1785/2006, de 10 de noviembre, por la que se convocan ayudas para la realización de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de régimen general de Castilla y León y centros docentes de Estados Unidos y Canadá para 2007.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1785/2006, de 10 de noviembre, por la que se convocan ayudas para la realización de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de régimen general de Castilla y León y centros docentes de Estados Unidos y Canadá para 2007.

Los intercambios escolares pretenden propiciar el acercamiento y conocimiento mutuo de distintas culturas y lenguas mediante la asistencia de alumnos a centros educativos y la estancia en familias en otros países.

Estados Unidos y Canadá son destinos adecuados para participar en estos programas con alumnos de nuestra Comunidad, dado el importante avance que la lengua española está teniendo en ambos países y la consecuente demanda de actividades que apoyen dicho avance.

Por estas razones la Consejería de Educación organiza desde el año 2001 programas de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de Castilla y León y de Estados Unidos y Canadá. La valoración positiva que se viene realizando de dicho programa aconseja seguir fomentando este tipo de actividades.

Con esta finalidad, mediante Orden EDU/1501/2005, de 9 de noviembre ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 15 de noviembre), se aprobaron las bases reguladoras de estas ayudas, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. De conformidad con lo establecido en su artículo 4.1, procede ahora realizar la convocatoria de ayudas para los intercambios a desarrollar durante 2007.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de estas ayudas, el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

RESUELVO:

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de intercambios entre alumnos de centros de enseñanzas escolares de régimen general de Castilla y León y de centros docentes de Estados Unidos y regiones de habla inglesa de Canadá, durante 2007.

Segundo. Dotación presupuestaria.

2.1. La cuantía global máxima de estas ayudas será de DOSCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CINCUENTA EUROS (210.150 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 07.07.321A02.48077 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2007.

La dotación del programa podrá aumentar de acuerdo con el número y calidad de los proyectos presentados y las disponibilidades presupuestarias.

2.2. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas en el ejercicio correspondiente.

Tercero. Beneficiarios.

3.1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros de enseñanzas escolares de régimen general de Castilla y León, públicos y privados, tanto concertados como no concertados sin ánimo de lucro, bien de manera individual o mediante agrupamiento de alumnos de dos o más centros.

3.2. En el caso de agrupamiento de centros, deberá nombrarse un representante a efectos de comunicación; así mismo, deberá designarse al profesor o profesores acompañantes mediante acuerdo entre los equipos docentes de los centros agrupados.

Cuarto. Modalidades.

4.1. Los intercambios se realizarán en alguna de las siguientes modalidades:

Modalidad 'A': Intercambios de corta duración entre alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y alumnos de centros docentes de Estados Unidos y Canadá.

Modalidad 'B': Intercambios de larga duración entre alumnos de Bachillerato y alumnos de centros docentes de Estados Unidos y Canadá. Podrán participar en esta modalidad también alumnos que estén cursando en el momento de presentar la solicitud estudios de 4.º de E.S.O. siempre que, en el momento de realizar el intercambio, hayan superado dicho nivel y se encuentren cursando estudios de Bachillerato.

4.2. En ambas modalidades de intercambio, los centros docentes deberán suscribir una póliza de asistencia sanitaria y responsabilidad civil para los participantes.

Quinto. Modalidad 'A'.

5.1. Los intercambios de esta modalidad deberán reunir las siguientes condiciones:

  1. El intercambio deberá basarse en un proyecto educativo desarrollado con el centro docente extranjero, que formará parte del proceso educativo de los alumnos. Esta actividad deberá incorporarse antes de la realización del intercambio a la programación general anual del centro. Durante el intercambio los alumnos asistirán con regularidad a clase en el centro receptor, como mínimo el 50% de los días lectivos del período.

  2. Los alumnos participantes, tanto españoles como extranjeros, residirán durante el intercambio en los domicilios de los alumnos del centro receptor.

  3. La duración de la actividad para el grupo de la Castilla y León en el extranjero será como mínimo de veinte días (incluyendo el viaje) y como máximo de cuarenta y cinco. La duración de la actividad para el grupo extranjero en Castilla y León será la que se establezca de mutuo acuerdo entre los centros.

  4. La estancia en el extranjero de los alumnos de los centros de Castilla y León deberá estar comprendida entre el 15 de enero y el 1 de diciembre de 2007, excluyendo el período del 15 de junio al 30 de septiembre.

  5. El número de alumnos participantes en cada grupo será como mínimo de 10 y como máximo de 40.

  6. Los alumnos estarán acompañados durante los viajes y estancia por profesores del centro o centros de procedencia, de acuerdo con la siguiente distribución:

    Hasta 20 alumnos: Un...

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