ORDEN MAM/499/2011, de 1 de marzo, de ejecución de Sentencia n.º 1910 de 14 de septiembre de 2010, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en el Procedimiento Ordinario 227/2007 seguido a instancia de la Explotación los Alfoces, S.L., relativa a la aprobación del deslinde parcial de la Vía Pecuaria denominada «Cañada Real Burgalesa» a su paso por el término municipal de Baltanás, provincia de Palencia.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Consejería de Medio Ambiente dicta la Orden MAM/1750/2006, de 27 de octubre, relativa a la aprobación del deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real Burgalesa» a su paso por el término municipal de Baltanás, provincia de Palencia.

Segundo.- La Explotación Los Alfoces, S.L., interpone recurso contenciosoadministrativo en el que se impugna la Orden MAM/1750/2006 antes mencionada.

Tercero.- Con fecha 14 de septiembre de 2010, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid dicta la Sentencia n.º 1910, en el recurso contencioso administrativo n.º 227/2007 interpuesto por Explotación los Alfoces S.L. contra la Orden MAM/1750/2006, de 27 de octubre, relativa a la aprobación del deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real Burgalesa» a su paso por el término municipal de Baltanás, provincia de Palencia.

El fallo de dicha sentencia dice: «Que estimamos el recurso interpuesto por la representación procesal de «Explotación Los Alfoces S.L.», contra la Orden MAM/1750/2006, de 27 de octubre, relativa a la aprobación del deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real Burgalesa» a su paso por el término municipal de Baltanás, provincia de Palencia, que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico.

No se hace especial imposición de costas en este proceso.

Esta sentencia no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el cual se preparará ante esta Sala en el plazo de diez días.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Cuarto.- Con fecha 21 de febrero de 2011 se recibe en la Junta de Castilla y León, Registro Único de Agricultura y Ganadería, Fomento y Medio Ambiente, oficio de la Sala

de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Valladolid, por el que se remite la sentencia n.º 1910 de 14 de septiembre de 2010, dictada en el recurso contencioso administrativo 227/2007.

Quinto.- Con fecha 23 de febrero de 2011, se formula Propuesta de Orden de ejecución de la sentencia anteriormente indicada, y con la misma fecha se remite a la Asesoría Jurídica para su informe.

Con fecha 28 de febrero de 2011, la Asesoría Jurídica informa favorablemente la propuesta referida en el párrafo anterior.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR