ORDEN PAT/468/2006, de 21 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo. (Continúa en Suplemento)

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/468/2006, de 21 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 10/2006 de 2 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006, y en la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006 (publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 3 y 8 de marzo, respectivamente), con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Regional, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA:

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 5 plazas del Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en: La Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en lo que no contravenga a la precitada Ley; en el Decreto 10/2006, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006; en la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006, así como en las bases de la presente Orden.

1.3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I.

1.4. El procedimiento de selección es el de oposición y estará formado por los cuatro ejercicios que a continuación se indican, siendo los tres primeros de carácter eliminatorio y el cuarto optativo y de mérito.

Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de hasta un máximo de 100 preguntas con respuestas múltiples basado en el programa que figura en el Anexo I y se ajustará a las reglas contenidas en la base cuarta de la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será el que determine el Tribunal.

Segundo ejercicio. Consistirá en redactar, durante un tiempo máximo de cuatro horas, cuatro temas del programa extraídos al azar por el Tribunal, que corresponderán uno a los temas comprendidos entre los números 1 al 31 del grupo primero (materias comunes), y los otros tres restantes a los del grupo segundo (materias especificas) de la siguiente forma:

uno de entre los numerados del 1 al 39, ambos inclusive; otro de entre los numerados del 40 al 77, ambos inclusive, y el cuarto de entre los numerados del 78 al 121, ambos inclusive.

Los opositores leerán el ejercicio ante el Tribunal en sesión pública, previo señalamiento de día y hora. Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas y solicitar aclaraciones en relación con las materias expuestas durante un plazo máximo de diez minutos.

Tercer ejercicio. Consistirá en redactar, en un plazo máximo de cuatro horas, dos supuestos que podrán consistir en una memoria, memoria crítica, comentario o informe sobre un proyecto, plan de actuación, etc., o realizar un caso práctico propuesto por el Tribunal.

Los opositores leerán el ejercicio ante el Tribunal en sesión pública, previo señalamiento de día y hora. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas y solicitar aclaraciones en relación con las materias expuestas durante un plazo máximo de diez minutos.

Cuarto ejercicio: Voluntario y de mérito. Consistirá en la traducción, directa y sin diccionario, de un texto propuesto por el Tribunal durante un tiempo máximo de cuarenta minutos. El ejercicio versará sobre el idioma francés o inglés, a elección del aspirante que deberá indicar en la solicitud el idioma por el que opta.

1.5. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

2.1. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Segunda de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, se constituirá la bolsa de empleo del Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) en la que se integrarán preferentemente los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y habiendo aprobado alguno de los ejercicios de carácter eliminatorio del proceso selectivo, no hubieran superado el último con puntuación suficiente para obtener plaza de funcionario de carrera. Igualmente formarán parte de la bolsa de empleo aquellos que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y no habiendo superado ningún ejercicio, hubiesen obtenido en el primero una puntuación igual o superior a la mitad de la establecida para declararlo superado.

2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una o varias provincias.

2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquellos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

La prelación entre aquellos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes se establecerá la preferencia por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso selectivo.

Suplemento al N.º 59 Viernes, 24 de marzo 2006 19

2.4. La gestión y funcionamiento de la bolsa de empleo se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/618/2004, de 19 de abril, por la que se establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos,

Escalas y Especialidades de funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Además de los requisitos establecidos en la Orden PAT/332/2006, de 2 de marzo para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes:

3.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho. Así mismo, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

3.2. Estar en posesión del titulo de Ingeniero de Montes, o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Cuarta. Solicitudes.

4.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de instancia que será facilitado gratuitamente en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que figuran en el Anexo II de la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, y en la página web de la Junta de Castilla y León (http://www.jcyl.es/solicitudopos/). Para rellenar la solicitud se podrá utilizar el formulario que aparece publicado en la web de la Junta de Castilla y León. Su utilización no supondrá en ningún caso la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud y del pago de la tasa, con arreglo a lo indicado en esta base.

4.2. En los correspondientes recuadros de la instancia se deberán hacer constar los datos que se indican de la forma siguiente:

En el apartado 1, 'Cuerpo' se consignará ' INGENIEROS SUPERIORES (MONTES).

En el apartado 1, Tipo de acceso: 'Libre'.

El apartado 2, se dejará en blanco.

En el apartado 3, se especificará, en su caso, la discapacidad que padece: 'F', Física, 'P', Psíquica o 'S', Sensorial y las posibles adaptaciones que precise para la realización de los ejercicios cuando éstas sean necesarias, haciendo constar:

'1' Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a la silla de ruedas.

'2' Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.

'3' Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.

'4' Necesidad de intérprete, debido a sordera.

'5' Sistema braille de escritura, por invidente.

'6' Otras, especificando cuáles.

En el apartado 4, se relacionarán los datos personales...

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