RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2011, de la Viceconsejería de Educación Escolar, por la que se regula la impartición de la doble titulación de bachiller y de baccalauréat en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyResolución

El 10 de enero de 2008, el Gobierno de España y el Gobierno de Francia firmaron el Acuerdo relativo a la doble titulación de bachiller y baccalauréat, en desarrollo del Acuerdo Marco firmado el 16 de mayo de 2005, relativo a programas educativos, lingüísticos y culturales en centros escolares de ambos estados.

En su desarrollo se ha dictado el Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de bachiller y baccalauréat en centros docentes españoles y la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por la que se regula el currículo mixto de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de bachiller y baccalauréat en centros docentes españoles, así como los requisitos para su obtención.

La Consejería de Educación considera una prioridad dotar a su alumnado de competencias comunicativas en otras lenguas, así como del adecuado conocimiento de las culturas asociadas a éstas.

Por ello, con fecha 8 de marzo de 2011 se ha firmado un convenio marco de colaboración entre la Comunidad de Castilla y León y el Servicio de Cooperación y de Acción Cultural de la Embajada de Francia en España en materia de programas educativos, lingüísticos y de Formación Profesional, cuya cláusula tercera, apartado A)2 establece el compromiso de incorporar y poner en marcha progresivamente en el sistema educativo de Castilla y León itinerarios mixtos de formación relativos a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros de Educación Secundaria.

El Decreto 76/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, atribuye en su artículo 5 b) al Viceconsejero de Educación Escolar competencia sobre la coordinación de los programas y actuaciones de las Direcciones Generales de Recursos Humanos, Formación Profesional, Infraestructuras, Equipamiento y Servicios, Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, y Calidad, Innovación y Formación del Profesorado.

Por todo lo anterior, y con el objetivo de coordinar la aplicación y desarrollo del programa de currículo mixto relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las facultades legalmente atribuidas,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Resolución tiene por objeto regular la impartición de la doble titulación de bachiller y baccalauréat en la Comunidad de Castilla y León.

Esta Resolución será de aplicación en los centros docentes que tengan sección bilingüe de francés en la Educación secundaria obligatoria y seleccionados por la Consejería de Educación para impartir el Programa de currículo mixto relativo a la doble titulación de bachiller y de baccalauréat en esta Comunidad.

Artículo 2 Currículo mixto de la doble titulación de bachiller y baccalauréat.
  1. - El currículo mixto de la doble titulación está integrado por:

    1. Los contenidos fijados en el Decreto 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.

    2. Dos materias específicas, Lengua y Literatura francesas e Historia de Francia, integrada en la parte correspondiente de la materia Historia de España conformando el currículo de Historia de España y Francia.

    Los currículos de estas materias específicas están establecidos en el Anexo I de la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por...

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