ORDEN de 17 de abril de 1991, de la Consejería de Cultura y Bienestar Social, por la que se regula la homologación de Títulos de Animación Juvenil.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Bienestar Social
Rango de LeyOrden

Fecha del Boletín: 13-05-1991 Nº Boletín: 89 / 1991

ORDEN de 17 de abril de 1991, de la Consejería de Cultura y Bienestar Social, por la que se regula la homologación de Títulos de Animación Juvenil.

Las actividades propias de los Animadores Juveniles, en contínuo aumento en número y variedad, hacen necesario que sean dirigidas por personas con titulación adecuada para actuar en esta Comunidad Autónoma, y como con anterioridad al 29 de julio de 1988, en que comienzan a reconocerse la creación de Escuelas de Animación y Tiempo Libre al arnparo del Decreto 132/1987, de 4 de junio, no existen titulos especificos en Castilla y León, es necesario homologar los que, expedidos por otros Organismos o Administraciones, cumplan los requisitos que se consideran acreditativos de una buena preparación técnica.

................ DISPONGO:

Artículo 1º Los titulos de Animación Juvenil expedidos por los Organismos Públicos competentes y Escuelas debidamente reconocidas por el Instituto de la Juventud, que impartieron cursos con anterioridad al 29 de julio de 1988, serán reconocidos y homologados en esta Comunidad Autónoma, del modo que se determina en la presente Orden.
Art. 2º

Los titulos expedidos por otras Comunidades Autónomas serán igualmente reconocidos y homologados, siempre que el programa de contenidos en el curso realizado sea similar al exigido por la Junta de Castilla y León en la Orden de la Consejería de Cultura y Bienestar Social, de 18 de marzo de 1988 (Anexo III), «B.O.C. y L.»...

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