Decreto 73/2002, de 30 de mayo, por el que se establecen normas para la gestión presupuestaria de los créditos gestionados por el Organismo Pagador designado por el Decreto 224/1996, de 26 de septiembre.

SecciónI - Disposiciones Generales del Estado
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

La regulación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) prevé que los gastos con cargo a la sección Garantía del mismo habrán de ser realizados por servicios y organismos autorizados como «organismos pagadores», que cumplan los requisitos establecidos por la Unión Europea y que ejerzan funciones como las denominadas «autorización de los pagos» y «ejecución de los pagos» definidas en el Reglamento 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio, que estén directamente relacionadas con la gestión presupuestaria.

El Decreto 224/1996, de 26 de septiembre, que designa al Organismo Pagador en la Comunidad de Castilla y León, lo define de acuerdo con las normas de la Unión Europea y le atribuye las funciones que está prevé.

Partiendo de estas premisas y habida cuenta de la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de información contable de Castilla y León (SICCAL-2), resulta necesario establecer el procedimiento de gestión presupuestaria de las fases de autorización y ejecución de pagos gestionados por el Organismo Pagador así como delimitar el alcance de la función interventora.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Economía yHacienda y del Consejero de Agricultura y Ganadería y a propuesta del Consejero de Presidencia y...

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