Decreto 137/2001, de 3 de mayo, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal laboral de la Administración General y de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y se desarrollan otras medidas previstas en el Decreto 310/1999, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Empleo del personal inform...

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 137/2001, de 3 de mayo, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal laboral de la Administración General y de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y se desarrollan otras medidas previstas en el Decreto 310/1999, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Empleo del personal informático al Servicio de la Administración de Castilla y León. (Continuación) DIRECCIÓN: BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Calle Santiago Alba, nº 1 - 47008-Valladolid ADMINISTRACIÓN:

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL SECRETARÍA GENERAL Franqueo Concertado Núm.: 47/39

Precio ejemplar ............................120 ptas.

Dept. Legal: BU 10-1979

AÑO XIX 7 de mayo 2001 Núm. 87

Fascículo Segundo

  1. Informar periódicamente a la Comisión de Seguimiento del Proyecto de la situación del mismo, proponiendo las acciones necesarias para su normal desenvolvimiento.

  2. Supervisar el control y seguimiento de los subproyectos a su cargo.

  3. Coordinar la actividad de todos los equipos de trabajo para lograr una mayor eficacia y garantizar la integración de todos los subsistemas de información que constituyen el proyecto.

  4. Evaluar las peticiones de nuevos subsistemas o de modificaciones a los existentes en explotación.

  5. Informar sobre la necesidad de recursos técnicos y materiales adicionales con el fin de cumplir los objetivos y plazos marcados al proyecto.

  6. Asignar el personal más adecuado para constituir los equipos de trabajo de cada subproyecto.

  7. Participar en la selección de los medios técnicos adecuados al proyecto.

  8. Atender las incidencias asignadas por el Centro de Atención a Usuarios, notificando la resolución de las mismas.

    07G. Definición de Puesto de Trabajo 1. Identificación.

    1.1. Área de actividad: Desarrollo y mantenimiento.

    1.2. Denominación: Director de Proyectos de Ayudas.

    1.3. Categoría: Técnico Superior de Informática/ Técnico de Gestión de Informática.

    1.4. Código del Catálogo: 07G.

    1.5. Dependencia funcional: Jefe del Servicio de Informática de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

  9. Definición de puesto de trabajo. Organiza y dirige el Área de Proyectos para el que ha sido nombrado.

  10. Requisitos para el desempeño del puesto.

    Los propios de la categoría.

    1 año de antigüedad como personal laboral informático al servio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  11. Condiciones de la prestación laboral. Disponibilidad en Grado Máximo.

  12. Complementos del puesto de trabajo.

    Complemento específico: 756.348. Ptas.

    Complemento singular: 630.600. Ptas.

  13. Sistema de Provisión del Puesto. Libre designación.

  14. Funciones.

  15. Supervisar y controlar la calidad de los desarrollos realizados por los distintos equipos bajo su mando, vigilando la correcta aplicación de la metodología y procedimientos establecidos y la elaboración de la documentación requerida.

  16. Informar periódicamente a la Comisión de Seguimiento del Proyecto de la situación del mismo, proponiendo las acciones necesarias para su normal desenvolvimiento.

  17. Supervisar el control y seguimiento de los subproyectos a su cargo.

  18. Coordinar la actividad de todos los equipos de trabajo para lograr una mayor eficacia y garantizar la integración de todos los subsistemas de información que constituyen el proyecto.

  19. Evaluar las peticiones de nuevos subsistemas o de modificaciones a los existentes en explotación.

  20. Informar sobre la necesidad de recursos técnicos y materiales adicionales con el fin de cumplir los objetivos y plazos marcados al proyecto.

  21. Asignar el personal más adecuado para constituir los equipos de trabajo de cada subproyecto.

  22. Participar en la selección de los medios técnicos adecuados al proyecto.

  23. Atender las incidencias asignadas por el Centro de Atención a Usuarios, notificando la resolución de las mismas.

    07H. Definición de Puesto de Trabajo 1. Identificación.

    1.1. Área de actividad: Desarrollo y mantenimiento.

    1.2. Denominación: Director de Proyectos de Evaluación Ambiental.

    1.3. Categoría: Técnico Superior de Informática/ Técnico de Gestión de Informática.

    1.4. Código del Catálogo: 07H.

    1.5. Dependencia funcional: Jefe del Servicio de Informática de la Consejería de Medio Ambiente.

  24. Definición de puesto de trabajo. Organiza y dirige el Área de Proyectos para el que ha sido nombrado.

  25. Requisitos para el desempeño del puesto.

    Los propios de la categoría.

    1 año de antigüedad como personal laboral informático al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  26. Condiciones de la prestación laboral. Disponibilidad en Grado Máximo.

  27. Complementos del puesto de trabajo.

    Complemento específico: 756.348.- Ptas.

    Complemento singular:630.600.- Ptas.

  28. Sistema de Provisión del Puesto. Libre designación.

  29. Funciones.

  30. Supervisar y controlar la calidad de los desarrollos realizados por los distintos equipos bajo su mando, vigilando la correcta aplicación de la metodología y procedimientos establecidos y la elaboración de la documentación requerida.

  31. Informar periódicamente a la Comisión de Seguimiento del Proyecto de la situación del mismo, proponiendo las acciones necesarias para su normal desenvolvimiento.

  32. Supervisar el control y seguimiento de los subproyectos a su cargo.

  33. Coordinar la actividad de todos los equipos de trabajo para lograr una mayor eficacia y garantizar la integración de todos los subsistemas de información que constituyen el proyecto 5. Evaluar las peticiones de nuevos subsistemas o de modificaciones a los existentes en explotación.

  34. Informar sobre la necesidad de recursos técnicos y materiales adicionales con el fin de cumplir los objetivos y plazos marcados al proyecto.

  35. Asignar el personal más adecuado para constituir los equipos de trabajo de cada subproyecto.

  36. Participar en la selección de los medios técnicos adecuados al proyecto.

  37. Atender las incidencias asignadas por el Centro de Atención a Usuarios, notificando la resolución de las mismas.

    07Definición de Puesto de Trabajo 1. Identificación.

    1.1. Área de actividad: Desarrollo y mantenimiento.

    1.2. Denominación:Director de Proyecto de Recursos Humanos Docentes.

    1.3. Categoría: Técnico Superior de Informática / Técnico de Gestión de Informática.

    1.4. Código del Catálogo: 07I.

    1.5. Dependencia funcional: Jefe del Servicio de Informática de la Consejería de Educación y Cultura.

  38. Definición de puesto de trabajo. Organiza y dirige el Área de Proyectos para el que ha sido nombrado.

  39. Requisitos para el desempeño del puesto.

    Los propios de la categoría.

    1 año de antigüedad como personal laboral informático al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  40. Condiciones de la prestación laboral. Disponibilidad en Grado Máximo.

  41. Complementos del puesto de trabajo.

    Complemento específico: 756.348.- Ptas.

    Complemento singular: 630.600.- Ptas.

  42. Sistema de Provisión del Puesto. Libre designación.

  43. Funciones.

  44. Supervisar y controlar la calidad de los desarrollos realizados por los distintos equipos bajo su mando, vigilando la correcta aplicación de la metodología y procedimientos establecidos y la elaboración de la documentación requerida.

  45. Informar periódicamente a la Comisión de Seguimiento del Proyecto de la situación del mismo, proponiendo las acciones necesarias para su normal desenvolvimiento.

  46. Supervisar el control y seguimiento de los subproyectos a su cargo.

  47. Coordinar la actividad de todos los equipos de trabajo para lograr una mayor eficacia y garantizar la integración de todos los subsistemas de información que constituyen el proyecto.

  48. Evaluar las peticiones de nuevos subsistemas o de modificaciones a los existentes en explotación.

  49. Informar sobre la necesidad de recursos técnicos y materiales adicionales con el fin de cumplir los objetivos y plazos marcados al proyecto.

  50. Asignar el personal más adecuado para constituir los equipos de trabajo de cada subproyecto.

  51. Participar en la selección de los medios técnicos adecuados al proyecto.

  52. Atender las incidencias asignadas por el Centro de Atención a Usuarios, notificando la resolución de las mismas.

    07J. Definición de Puesto de Trabajo 1. Identificación.

    1.1. Área de actividad: Desarrollo y mantenimiento.

    1.2. Denominación: Director de Proyectos de Teleeducación.

    1.3. Categoría: Técnico Superior de Informática / Técnico de Gestión de Informática.

    1.4. Código del Catálogo: 07J.

    1.5. Dependencia funcional: Jefe del Servicio de Informática de la Consejería de Educación y Cultura.

  53. Definición de puesto de trabajo. Organiza y dirige el Área de Proyectos para el que ha sido nombrado.

  54. Requisitos para el desempeño del puesto.

    Los propios de la categoría.

    1 año de antigüedad como personal laboral informático al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  55. Condiciones de la prestación laboral. Disponibilidad en Grado Máximo.

  56. Complementos del puesto de trabajo.

    Complemento específico: 756.348.- Ptas.

    Complemento singular:630.600.- Ptas.

  57. Sistema de Provisión del Puesto. Libre designación.

  58. Funciones.

  59. Supervisar y controlar la calidad de los desarrollos realizados por los distintos equipos bajo su mando, vigilando la correcta aplicación de la metodología y procedimientos establecidos y la elaboración de la documentación requerida.

  60. Informar periódicamente a la Comisión de Seguimiento del Proyecto de la situación del mismo, proponiendo las acciones necesarias para su normal desenvolvimiento.

  61. Supervisar el control y seguimiento de los subproyectos a su cargo.

  62. Coordinar la actividad de todos los equipos de trabajo para lograr una mayor eficacia y garantizar la integración de todos los subsistemas de información que constituyen el proyecto.

  63. Evaluar las peticiones de nuevos subsistemas o de modificaciones a los existentes en explotación.

  64. Informar sobre la necesidad de recursos técnicos y materiales adicionales con el fin de cumplir los...

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