ORDEN HAC/195/2009, de 3 de febrero, por la que se dictan instrucciones sobre el cumplimiento del artículo 9 del Decreto 86/2008, de 23 de diciembre, en orden a garantizar una adecuada pista de auditoría.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/195/2009, de 3 de febrero, por la que se dictan instrucciones sobre el cumplimiento del artículo 9 del Decreto 86/2008, de 23 de diciembre, en orden a garantizar una adecuada pista de auditoría.

El artículo 58 del Reglamento 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE y al FONDO DE COHESIÓN, establece los principios generales que han de respetarse a la hora de definir los sistemas de gestión y control de un Programa Operativo, de manera que el cumplimiento de dichos principios sirve de base para garantizar que el sistema descrito es eficaz.

Según este artículo 58, los sistemas de gestión y control de los programas operativos deberán prever, entre otros, sistemas y procedimientos que garanticen una pista de auditoría adecuada.

Por su parte, el artículo 60 del Reglamento 1083/2006, al hablar de las funciones de la Autoridad de Gestión establece que ésta se encargará de la gestión y ejecución del programa operativo de acuerdo con el principio de buena gestión financiera y, en particular, establecerá procedimientos que garanticen que se dispone de todos los documentos sobre el gasto y las auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría apropiada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.

El Decreto 86/2008, de 23 de diciembre regula la participación de los organismos de la Comunidad de Castilla y León en la gestión, seguimiento, control, evaluación y difusión de las operaciones financiadas por el FEDER, FSE y Fondo de Cohesión con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que los reglamentos comunitarios imponen en la gestión financiera de los Fondos Europeos, regulando en el artículo 9 la disponibilidad de los documentos relacionados con dicha gestión financiera.

Si bien, desde el punto de vista contable el Sistema de Información Contable de Castilla y León garantiza en todo momento la pista de auditoria y asegura que las transacciones incluidas en las distintas operaciones responden a la normativa comunitaria y nacional ya que éstas se ajustan a los elementos que se han definido de forma previa en cada fuente de financiación y que tienen que ver con el cumplimiento de dicha normativa durante todo el período de ejecución; a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que como Organismo Intermedio han sido asignadas a la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios y...

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