ORDEN AYG/37/2011, de 25 de enero, por la que se aprueba la aplicación electrónica «Módulo Ganadero», y se regula el acceso y uso de la misma, para la comunicación telemática de datos al sistema de registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León y de identificación, registro y movimiento de animales de explotaciones ganaderas de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, obliga a la Administración a transformarse en una administración electrónica al amparo del principio de eficacia que proclama el artículo 103 de nuestra Constitución, permitiendo y facilitando las comunicaciones electrónicas.

En nuestra Comunidad, la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública, establece en su artículo 43 la implantación del uso de medios electrónicos por parte de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las prestaciones de servicios, comunicaciones y relaciones con los ciudadanos.

Ya antes de la aprobación de las citadas leyes, la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al igual que el resto de las Administraciones Públicas, se hallaba inmersa en un proceso de cambio, producido por la irrupción de la sociedad de la información y el conocimiento, que afecta tanto a su funcionamiento interno, como a sus relaciones con los ciudadanos y con otras Administraciones Públicas.

Para adaptarse a este proceso de cambio, la Junta de Castilla y León mediante Decreto 40/2005, de 19 de mayo, reguló la utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, recogiendo los elementos precisos para la implantación de la administración electrónica e impulsando, de esta manera, su utilización en el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El sector ganadero, dada la complejidad de su gestión administrativa, se ha presentado como un ámbito muy favorable para la implantación de técnicas telemáticas que facilitaran las citadas gestiones, entre las que se podría destacar el control de censo de las explotaciones, la expedición de documentación sanitaria o la expedición de documentación relativa a la identificación animal.

Respecto a la progresiva incorporación de técnicas telemáticas, en concreto para el subsector bovino, mediante Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, se estableció un sistema de identificación y registro de animales de la especie bovina, creando una base de datos informatizada como uno de los elementos del sistema de identificación, base de datos que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación desarrolló mediante Orden

de 21 de diciembre de 1999. La Comunidad de Castilla y León incorporó este sistema de identificación y registro de ganado bovino mediante Orden de 2 de diciembre de 1998, de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

Con estos antecedentes, y de acuerdo con las prescripciones que para la implantación de aplicaciones electrónicas establecía el citado Decreto 40/2005, de 19 de mayo, mediante Orden AYG/380/2007, de 1 de marzo, se aprobó y reguló la aplicación electrónica del «Módulo Ganadero» del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina, permitiéndose por primera vez la externalización del aplicativo informático y con ello la presentación telemática de solicitudes y comunicaciones por los ganaderos.

La experiencia adquirida en el subsector bovino, podía y debía extenderse al resto de los subsectores ganaderos, de manera que mediante esta orden se amplían las posibilidades del «Módulo Ganadero» al resto de especies -y ya no sólo para el bovino-, para solicitar el alta de la explotación ganadera en el Registro de explotaciones Ganaderas, solicitar la documentación sanitaria de movimiento, comunicar el censo y los movimientos, y finalmente las entradas y sacrificios de animales en los mataderos.

Por tanto, la necesidad de ampliar los procedimientos y comunicaciones que va a ser posible gestionar telemáticamente, unido a los cambios normativos y técnicos que se han ido produciendo en el campo de la administración eléctrónica en esta Comunidad -principalmente con el establecimiento de una sede electrónica-, hacen conveniente aprobar una nueva orden y derogar la Orden AYG/380/2007, de 1 de marzo, aprobándose con ello un nuevo «Módulo Ganadero» que ampara la telegestión de más procedimientos.

En definitiva, la presente Orden aprueba la aplicación electrónica «Módulo Ganadero» que sustenta la comunicación telemática de datos al sistema de registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León y de identificación, registro y movimiento de animales de explotaciones ganaderas de Castilla y León, y se regula el acceso y uso de dicha aplicación por parte de los titulares de animales y de instalaciones en Castilla y León.

La presente Orden, cumple además con las prescripciones del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de Administración Electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su tramitación se han recabado los preceptivos y vinculantes informes de la Dirección General de Innovación y Modernización Administrativa y de la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios a los que se refiere el Art. 7.3 del citado Decreto 40/2005, y que son los Centros Directivos competentes para emitir dichos informes tras la reestructuración de Consejerías operada por Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, y la delimitación de funciones de los distintos Centros Directivos de la Consejería de Administración Autonómica llevada a cabo por Decreto 69/2007, de 12 de julio.

Por todo ello, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de Administración Electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

CAPíTULO I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto aprobar la aplicación electrónica «Módulo Ganadero», para la comunicación telemática de datos al sistema de registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León y de identificación, registro y movimiento de animales de explotaciones ganaderas de Castilla y León, y...

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