ORDEN AYG/1080/2005, de 5 de agosto, por la que se regulan y convocan ayudas para la mejora de las explotaciones ganaderas en régimen extensivo, en el marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/1080/2005, de 5 de agosto, por la que se regulan y convocan ayudas para la mejora de las explotaciones ganaderas en régimen extensivo, en el marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006.

Las explotaciones ganaderas extensivas forman parte de un sistema tradicional de aprovechamiento de recursos naturales, que dentro de la Comunidad de Castilla y León tiene su máximo exponente en las zonas de montaña y en las zonas de dehesa, donde las explotaciones de este tipo son mayoritarias, y constituyen en muchos casos la única forma viable de aprovechamiento. La P.A.C. tiene como una de sus bases el mantenimiento de sistemas productivos de bajos insumos y respetuosos con el medio ambiente, lo que hace encajar perfectamente el régimen extensivo con este objetivo.

Por otra parte en estas explotaciones concurren una serie de características que no sólo tienen que ver con el manejo, sino también con las tradiciones culturales y pastoriles de Castilla y León, jugando un importante papel en el mantenimiento de los recursos genéticos autóctonos por los cuales es necesario velar.

Dadas las características de este tipo de producciones existen en algunas de ellas una serie de problemas estructurales que conviene subsanar sin menoscabo de la calidad de vida de los ganaderos. La sequía que este año 2005 afecta a la mayor parte del territorio nacional, y dada su especial incidencia en Castilla y León, compromete seriamente la viabilidad económica de las explotaciones que no cuentan con infraestructuras y equipos suficientes para suministrar el agua.

La Junta de Castilla y León está haciendo un esfuerzo, mantenido en el tiempo, para llevar a cabo programas de mejora de los pastos comunales.

Conviene mantener y potenciar este esfuerzo, añadiendo mejoras en los abastecimientos de agua potable para el ganado.

Parece pues necesario que por parte de la Administración se apueste por colaborar en las mejoras estructurales de aquellas explotaciones extensivas que deseen un mejor abastecimiento de agua, al objeto de paliar situaciones de sequía de forma puntual, facilitando por otra parte a las explotaciones la dotación de infraestructuras y equipos para el futuro.

Considerando además la situación particular de este año, es conveniente auxiliar las inversiones realizadas desde que la sequía comenzó a causar problemas de abastecimiento.

El objetivo final de la ayuda es ratificar el vínculo entre agricultura y medio ambiente, mejorando la competitividad de la agricultura como actividad de las zonas rurales.

En virtud de lo expuesto, y una vez oídas las organizaciones agrarias más representativas, se efectúa convocatoria pública, para la concesión de las ayudas señaladas, de acuerdo a las siguientes:

BASES:

Base 1. Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular y convocar en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a efectuar mejoras en estructuras y equipamientos que garanticen el suministro de agua a las explotaciones extensivas y a los pastos comunales en el ámbito de Castilla y León.

Base 2. Aplicación presupuestaria.

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 03.04.713.A02.77039, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2005, por un importe de 500.000 euros.

La cantidad anterior podrá variar mediante las oportunas modificaciones presupuestarias debidamente autorizadas.

Base 3. Beneficiarios y actividades subvencionables.

  1. Podrán acceder a estas ayudas, los titulares de explotaciones ganaderas de Castilla y León y los gestores de pastos comunales que cumplan los requisitos establecidos en la base 4, y deseen realizar algunas de las actividades encuadradas en el apartado siguiente.

  2. Las inversiones subvencionables en las explotaciones de ganado en régimen extensivo, podrán ser las siguientes:

    1. Infraestructuras para el abastecimiento de agua, tales como balsas de almacenamiento, abrevaderos y conducciones para abastecimiento de los mismos.

    2. Equipos para mejora del abastecimiento de agua al ganado, como cisternas móviles o abrevaderos móviles.

  3. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la presente Orden las inversiones realizadas a partir del 1 de abril de 2005.

    Base 4. Requisitos.

    Para acceder a las ayudas establecidas en la presente Orden los solicitantes deberán cumplir, en la fecha de publicación de la misma, los...

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