DECRETO 43/2012, de 13 de diciembre, por el que se regula el régimen de organización y funciones del Comité Consultivo de Atención a la Dependencia de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

La implantación y desarrollo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León ha puesto de manifiesto la necesidad de abrir un marco de diálogo con todas las partes implicadas en la ejecución del sistema, así como la conveniencia de contar con un alto grado de consenso social en el reconocimiento y aplicación del derecho subjetivo a recibir atención por parte de las personas que han sido declaradas en situación de dependencia.

El artículo 104 de la Ley 16/2010 de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, crea, en consonancia con el artículo 40 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, el Comité Consultivo de Atención a la Dependencia como órgano asesor de carácter tripartito en los asuntos relativos a la atención a la dependencia, y ordena la aprobación de su reglamento.

Con este decreto se da cumplimiento al mandato legal y se procede a regular las funciones, composición y funcionamiento del Comité Consultivo de Atención a la Dependencia, con la finalidad de hacer efectiva, en este ámbito, de forma permanente la participación activa de las entidades locales y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 13 de diciembre de 2012

DISPONE

Artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular la composición y funciones del Comité Consultivo de Atención a la Dependencia en Castilla y León, así como su régimen de organización y funcionamiento.

Artículo 2 Naturaleza, finalidad y adscripción.
  1. - El Comité Consultivo de Atención a la Dependencia de Castilla y León es el órgano de naturaleza tripartita asesor en el desarrollo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia cuya finalidad es hacer efectiva de forma permanente la participación activa de las entidades locales y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito de Castilla y León.

  2. - El Comité Consultivo está adscrito a la Consejería competente en materia de servicios sociales, donde tiene su sede.

Artículo 3 Funciones.

Corresponden al Comité Consultivo de Atención a la Dependencia de Castilla y León en el desarrollo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, las siguientes funciones:

  1. Asesorar y formular propuestas sobre el desarrollo y funcionamiento del sistema de atención a la dependencia en Castilla y León, la planificación general de los servicios sociales y el establecimiento de criterios de...

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