Decreto 84/2002, de 27 de junio, por el que se crea la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónI - Disposiciones Generales del Estado
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fdo.: A LFONSO F ERNÁNDEZ M AÑUECO

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL

DECRETO 84/2002, de 27 de junio, por el que se crea la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comuni dad deCastilla y León.

La Ley 1/1993, de 6 de abril, deOrdenación del Sistema Sanitario, que atribuye como actividad del Sistema de Salud deCastilla y León, en su artículo 8.º, punto 1, apartado r, la formación continuada del personal al servicio de la A d m i n i s t ración Sanitari a , dispone en su artículo 26, punto 2, que la Consejería de Sanidad y Bienestar Social establecerá reglamentariamente los principios a que han de ajustarse las actividades de formación continuada.

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó en sesión plenaria del día 15 de diciembre de 1997 el texto del Convenio de Conferencia Sectorial sobre Formación Continuada de las pro fe s i o n e s sanitarias que, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 38 del día 13 de febrero de 1998, viene a establecer un Sistema de Acreditación válido para todo el Sistema Nacional de Salud, atribuyendo a la Administración Sanitaria de cada Comunidad Autónoma la organización, gestión

de 1999 en el «BoletínOficial de Castilla y León»,el Convenio sobre formación continuada de las profesiones sanitarias suscrito por los responsables sanitarios de las Comunidades Autónomas y de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Educación y Cultura,es necesario desarrollar la cláusula cuarta del mismo para hacer efectivas las tareas de formación continuada que corresponden a la Administración de Castilla y León.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y Bienestar Social y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León,en su reunión de 27 de junio de 2002.

DISPONGO

Artículo 1 º- Se crea la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Castilla y León,como órgano colegiado adscrito a la Consejería deSanidad y Bienestar Social y responsable de la Acreditación de la Formación Continuada en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León conforme a las directrices contenidas en el...

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