DECRETO 106/1994, de 12 de mayo, por el que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la Concentración Parcelaria de la zona de Fojedo-Mozóndiga-Meizara- Villar de Mazarife (León).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 17-05-1994 Nº Boletín: 94 / 1994

DECRETO 106/1994, de 12 de mayo, por el que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la Concentración Parcelaria de la zona de Fojedo-Mozóndiga-Meizara- Villar de Mazarife (León).

Habiendo sido solicitada por los agricultores de la zona de Fojedo - Mozóndiga-Meizara y Villar de Mazarife, la concentración parcelaria de la misma, en los términos establecidos por la Ley 14/1990, de 28 de noviembre de Castilla y León, la Dirección General de Estructuras Agrarias ha procedido a la redacción del Estudio Técnico Previo de la zona de referencia, deduciéndose de dicho Estudio la conveniencia de llevar a cabo la Concentración Parcelaria, por razón de utilidad pública.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 14/1990, antes citada, y en la normativa sobre protección medioambiental dictada en su desarrollo, a propuesta del Consejero de Agricultura y Ganadería, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 12 de mayo de 1994

DISPONGO:

Artículo 1º Se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Fojedo - Mozóndiga - Meizara - Villar de Mazarife (León).

Art. 2º.- El perímetro de la zona será el formado por la parte no concentrada mediante anteriores Decretos, del anejo Fojedo del término municipal de Villadangos del Páramo y de los anejos de Mozóndiga, Meizara y Villar de Mazarife, del término municipal de Chozas de Abajo (León), cuyos limites son los siguientes:

Norte: Zona concentrada de Villadangos del Páramo, en su anejo de Villadangos y Fojedo.

Sur: Término municipal de Valdevimbre, anejo de Fontecha del Páramo.

Este: Término municipal de Chozas de Abajo, en su anejo de Chozas de Arriba y Banuncias.

Oeste: Zona concentrada de regadío de Chozas de Abajo.

Dicho perímetro quedará, en definitiva, modificado por las aportaciones de tierras que, en su caso, pueda realizar la Comunidad Autónoma, y con las inclusiones, rectificaciones o exclusiones que se acuerden, al...

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