DECRETO 147/1990, de 30 de julio, por el que se fija el precio de coste de las vivienda de protección oficial promovidas por la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 20-08-1990 Nº Boletín: 160 / 1990

DECRETO 147/1990, de 30 de julio, por el que se fija el precio de coste de las vivienda de protección oficial promovidas por la Junta de Castilla y León.

El articulo 26.1.2ª, de la Ley Orgánica 4/1983 de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomia de Castilla y León, atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de vivienda. Por otra parte, el Real Decreto 972/1984, de 28 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las funciones y servicios del Estado en materia de Patrimonio Arquitectónico, Control de la Calidad de la Edificación y Vivienda, entre las que se encuentra la promoción pública de viviendas de protección oficial.

El ejercicio de estas funciones, atribuidas en la actualidad a la Consejeria de Fomento, hacen necesario acomodar el precio de coste de las viviendas de protección oficial, promoción pública, promovidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma, a la realidad socioeconómica de Castilla y León.

El Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, en su articulo 51, modificado por el Real Decreto 2342/1983, de 28 de julio, fija el precio de venta de las viviendas de protección oficial, promoción pública, que será igual al 90% del módulo (M) aplicable por metro cuadrado de superficie útil, pero nada establece sobre el precio de coste de estas viviendas a efectos de su adjudicación a los contratistas, y sin embargo, su modificación por Decreto 157/1988 de 15 de julio, produjo efectos beneficiosos en la contratación, aproximando los costes a la realidad, sin repercusión en los futuros adquirentes.

Por otra parte, la ponderación del módulo, una vez actualizado, conlleva que se estime la evolución previsible de los indicadores económicos de carácter general y especialmente los que se refieren a los precios en el subsector de vivienda, tal y como se establece en la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto 224/1989, de 3 de marzo. Asi, la Orden de 12 de febrero de 1990, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo determina el módulo y su ponderación para las viviendas de Protección Oficial...

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