ORDEN EYE/1045/2005, de 22 de julio, por la que se crea y regula el fichero de datos de carácter personal de PELI-Personal (permisos y licencias) de la Consejería de Economía y Empleo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1045/2005, de 22 de julio, por la que se crea y regula el fichero de datos de carácter personal de PELI-Personal (permisos y licencias) de la Consejería de Economía y Empleo.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial correspondiente.

El Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, señala que la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley Orgánica, se realizará, previo informe de la Dirección General de Telecomunicaciones, de la Consejería de Fomento, por Orden de la Consejería competente por razón de la materia.

En su virtud, y previo informe sobre las medidas de seguridad de los ficheros de la Dirección General de Telecomunicaciones de la Consejería de Fomento,

DISPONGO:

Artículo 1 Se crea y regula el fichero de datos de carácter personal de PELI-Personal de la Consejería de Economía y Empleo, en materia de permisos y licencias, que se incluye y describe en el Anexo de la presente Orden.

El fichero queda adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Economía y Empleo.

Artículo 2

El titular del órgano responsable del fichero al que se refiere el artículo anterior adoptará, bajo la superior dirección del Consejero de Economía y Empleo, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y en sus normas de desarrollo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta al Secretario General de la Consejería de Economía y Empleo para dictar cuantas resoluciones procedan al objeto de dar cumplimiento a la presente...

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