EXTRACTO de la Resolución de 20 de abril de 2018, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el autoempleo de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León para el año 2018.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos

BDNS (Identif.): 397431

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una comunidad de bienes o sociedad civil, que se establezcan por cuenta propia y hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia, entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018.

Segundo.- Objeto.

Promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Orden EYE/457/2017, de 9 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el autoempleo de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 114 de 16 de junio de 2017), modificada por la Orden EMP/406/2018, de 5 de abril (B.O.C. y L. n.º 73 de 16 de abril de 2018).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:

  1. - Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 4.000 €. Dicho importe podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones.

  2. - En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 3.000 €.

  3. ...

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