EXTRACTO de la Orden de 18 de diciembre de 2017, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
BDNS (Identif.): 376062
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. También podrá consultarse en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/universidad).
Primero.- Beneficiarios.
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Titulados universitarios que en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los siguientes requisitos:
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Estar matriculado en un programa de doctorado conforme al Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, o en la fase de investigación de un programa de doctorado de una regulación anterior, de una universidad de Castilla y León.
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Contar en el expediente académico de las titulaciones que dan acceso al programa de doctorado en el que esté matriculado con una nota media igual o superior a 6,50 puntos, calculada según las indicaciones del anexo.
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Contar con el compromiso, por parte de las Entidades de asumir el trabajo de investigación para el que se ha solicitado la correspondiente ayuda y de formalizar el correspondiente contrato predoctoral.
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No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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No estar en posesión del título de doctor.
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No haber sido beneficiario, durante más de tres meses, de ayudas convocadas al amparo del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, o de otras convocatorias de
ayudas para financiar la contratación de personal investigador en la modalidad de contrato predoctoral. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o documento que se acompañe podrá determinar la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar, conforme al artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común...
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