ORDEN MAM/1156/2005, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales. (Continúa en Suplemento).
Sección | II - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN MAM/1156/2005, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales.
Por Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, la Consejería de Medio Ambiente estableció las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales.
Posteriormente, se ha producido la implantación del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), por lo que ante la inminente convocatoria de una nueva incorporación a la medida agroambiental citada, se hace necesario introducir las correspondientes modificaciones en las bases reguladoras al objeto de adecuar los requisitos de los terrenos que pueden acogerse a dicha medida.
Asimismo, como consecuencia de la ampliación de los términos municipales del ámbito de actuación del 'Plan de Medidas Preventivas contra Incendios Forestales-Plan 42', procede modificar la relación de estos términos municipales contenida en el Anexo III.
Por ello, se ha considerado conveniente modificar la orden de convocatoria.
La Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales queda modificada como sigue:
Uno. El apartado 2 del artículo 4 queda redactado del siguiente modo:
'2. A los efectos de lo previsto en la presente orden, se considerarán superficies acogidas a la medida agroambiental aquellos recintos identificados en SIGPAC en alguno de los siguientes usos de los definidos en el Anexo II del Real Decreto 2128/2004, de 29 de octubre: forestal (FO), improductivo (IM), pastizal (PS), pasto arbustivo (PR) o Pasto con arbolado (PA), (con fracción de cabida cubierta por arbolado inferior al 40%), destinados a un aprovechamiento pastoral y sobre los que se asuma el compromiso de su desbroce y mantenimiento. La proporción de superficie cubierta de matas y, por tanto, susceptible de desbroce, en el total de la superficie acogida deberá situarse entre el 15 y el 100%.
Asimismo, la superficie acogida al régimen de ayudas previsto en esta orden será como mínimo de siete (7) hectáreas en las explotaciones con aprovechamientos de montes comunales y de tres (3) hectáreas en las restantes'.
Dos. El apartado 3 del artículo 8 queda redactado como sigue:
'3. El plan silvopastoral que se entregará en papel y en formato digital, deberá estar firmado por técnico competente, colegiado en el correspondiente Colegio Oficial, y suscrito de conformidad por el titular de la explotación'.
Tres. Se modifica el Anexo III y se añaden a los términos municipales incluidos en el Plan 42 los siguientes:
PROVINCIA NOMBRE MUNICIPIO
ÁVILA GIL GARCÍA
ÁVILA HOYOCASERO
ÁVILA NAVALACRUZ
ÁVILA NAVALOSA
ÁVILA NAVAQUESERA
ÁVILA NAVARREVISCA
ÁVILA PUERTO CASTILLA
ÁVILA SERRANILLOS
ÁVILA SOLANA DE ÁVILA
ÁVILA UMBRIAS
ÁVILA SAN JUAN DE GREDOS
SALAMANCA AGALLAS
SALAMANCA AHIGAL DE LOS ACEITEROS
SALAMANCA ALDEADÁVILA DE LA RIBERA
SALAMANCA ALDEA DEL OBISPO
SALAMANCA BAÑOBAREZ
SALAMANCA BARRUECOPARDO
SALAMANCA BERMELLAR
SALAMANCA BOUZA (LA)
SALAMANCA CABEZA DEL CABALLO
SALAMANCA CEREZAL DE PEÑAHORCADA
SALAMANCA CERRALBO
SALAMANCA FREGENEDA (LA)
SALAMANCA FUENTELIANTE
SALAMANCA HINOJOSA DE DUERO
SALAMANCA LUMBRALES
SALAMANCA MARTIAGO
SALAMANCA MASUECO
SALAMANCA MIEZA
SALAMANCA MILANO (EL)
SALAMANCA NAVASFRÍAS
SALAMANCA OLMEDO DE CAMACES
SALAMANCA PAYO (EL)
SALAMANCA PEÑA (LA)
SALAMANCA PEÑAPARDA
PROVINCIA NOMBRE MUNICIPIO
SALAMANCA PEREÑA DE LA RIBERA
SALAMANCA PUERTO SEGURO
SALAMANCA REDONDA (LA)
SALAMANCA ROBLEDA
SALAMANCA SAN FELICES DE LOS GALLEGOS
SALAMANCA SAUCELLE
SALAMANCA SAHUGO (EL)
SALAMANCA SOBRADILLO
SALAMANCA TRABANCA
SALAMANCA VILVESTRE
SALAMANCA VILLAR DE CIERVO
SALAMANCA VILLAR DE LA YEGUA
SALAMANCA VILLARINO DE LOS AIRES
SALAMANCA VILLASRUBIAS SALAMANCA ZARZA DE PUMAREDA (LA) Cuatro. Se modifica el Anexo V quedando redactado en la forma que aparece recogida en el Anexo A de la presente orden.
Esta información se encuentra disponible en la página web de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es/Temas ambientales/Bosques/Gestión Forestal/Ordenación.
Cinco. Se modifica el Anexo VI y queda redactado en la forma que aparece en el Anexo B de la presente orden.
Esta información se encuentra disponible en la página web de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es/Temas ambientales/Bosques/Gestión Forestal/Ordenación.
Primera. Se faculta al Director General del Medio Natural para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicación y cumplimiento de la presente orden.
Segunda. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.
Valladolid, 6 de septiembre de 2005.
El Consejero de Medio Ambiente,
Fdo.: CARLOS FERNÁNDEZ CARRIEDO B.O.C. y L. 3
4 B.O.C. y L.
Código Unidad de Ordenación
Código de Explotación Forestal
Código de Explotación Agraria (C.E.A.)
Localidad principal
Término municipal principal Provincia
Esta solicitud corresponde a: C.E.A. pastos asociados:
Entidad local propietaria de monte
Titular de explotación ganadera
Agrupación de titulares
Fecha de presentación
Fecha de revisión
Nombre del técnico redactor: Nº Colegiado PLAN SILVOPASTORAL
Nombre del titular de explotación ÍNDICE
-
TITULARIDAD
1.1. TIPO DE TITULAR
1.2. DATOS PERSONALES DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN
1.3. DATOS PERSONALES REPRESENTANTE
1.4. EXPLOTACIÓN RELACIONADA
1.5. DATOS PERSONALES DEL REDACTOR DEL PLAN
-
CARACTERIZACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN
2.1. MANEJO
2.1.1. RÉGIMEN DE PASTOREO
2.1.2. TIPO DE EXPLOTACIÓN
2.1.3. DESCRIPCIÓN DE LA CABAÑA GANADERA
2.2. RÉGIMEN ALIMENTICIO
2.3. INFRAESTRUCTURA GANADERA
-
CARACTERIZACIÓN DE LA BASE TERRITORIAL
3.1. SEGÚN TITULARIDAD DEL SUELO
3.2. SEGÚN LOS PLAZOS DE DISPONIBILIDAD DE GESTIÓN
3.3. RELACIÓN DE PARCELAS SIGPAC
3.4. SEGÚN USOS DEL SUELO
3.4.1. SUPERFICIE ACOTADA
3.4.2. DESCRIPCIÓN DE LA VEGETACIÓN DEL TERRENO DE LA EXPLOTACIÓN
3.5. DESCRIPCIÓN DE OTROS USOS Y APROVECHAMIENTOS
3.6. RELACIÓN NOMINAL DE GANADEROS CON APROVECHAMIENTOS DE PASTOS EN RÉGIMEN COLECTIVO
3.7. RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO
3.7.1. EXISTENCIA
3.7.2. TIPOLOGÍA
-
RECURSOS FORRAJEROS
4.1. RECURSOS PASTABLES DE LA BASE DE TERRENOS
4.2. CARGAS GANADERAS
4.2.1. 1. ESTIMADAS
4.2.2. 3. RELACIÓN DE CARGAS
-
PLANIFICACIÓN
5.1. DIVISIÓN PASTORAL
5.2. CALENDARIO PASTORAL
5.3. PLAN DE MEJORAS E INFRAESTRUCTURAS
5.3.1. CALENDARIO DE ACTUACIONES
5.3.2. DESCRIPCIÓN DE LAS PARCELAS A DESBROZAR
HOJA DE FIRMAS B.O.C. y L. 5
6 B.O.C. y L.
-
TITULARIDAD
Agricultor a Titulo Principal Entidad Pública Sociedad Otras;
Agricultor Jóven Cooperativa de producción
Código postal
Fax
Código postal
Fax
Técnico
Empresa
Fax Correo electrónico DNI
CIF Dirección Titulación Nº colegiado
Teléfono 1 Teléfono 2
Nombre 1.4. EXPLOTACIÓN RELACIONADA Teléfonos Nombre Datos identificativos C.E.A. Nº cartilla Término municipal Localidad
Correo electrónico Dirección (a efectos de notificación) Localidad Provincia
Término municipal Persona jurídica
Nombre o razón social
DNI/NIF DNI/CIF/NIF 1.1. TIPO DE TITULAR
Dirección Persona física
Provincia 1.2. DATOS DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN
1.5. DATOS DEL REDACTOR DEL PLAN Nombre Correo electrónico
1.3. DATOS DEL REPRESENTANTE Teléfonos
Tipo de relación CEA Titular
B.O.C. y L. 7
Nº cartilla 2. CARACTERIZACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN 2.1. MANEJO
Colectivo Individual Ambos (márquese lo que proceda)
Sistema Exp. Orientación Rég. pastoreo Tipo Raza Nº cabezas Estado Calificación
Tipo ganado Raza Orientación Sexo Edad Nº cabezas
Total nº cabezas Total U.G.M.
Total U.G.M.
2.1.3. Descripción de la cabaña ganadera
Observaciones Tipo Ganado Saneamiento ganadero
Total nº cabezas Cerrado Redondo Ambos
2.1.2. Tipo de explotación 2.1.1. Régimen de pastoreo Régimen de pastoreo Abierto Parcelado Datos identificativos C.E.A.
8 B.O.C. y L.
C.E.A.
Nº cartilla 2.2. RÉGIMEN ALIMENTICI O Tipo de propiedad Superf. (ha.) % Método Forma Régimen Fecha entrada Fecha salida
Total superficie Observacione s Datos identificativos Base de terrenos Aprovechamiento ganadero Epoca
B.O.C. y L. 9
C.E.A.
Nº cartilla
2.3. INFRAESTRUCTURA GANADER A Ud. gestión Denominación / Paraje Titularidad Paso de ganado Abrevadero Manga manejo Otras
Longitud cerrada Superficie cerrada Tipo de cierre
Totales Cerramiento
Observaciones Datos identificativos
Localización Tipo de Infraestructura
A
10 B.O.C. y L.
C.E.A. Nº cartilla 3. CARACTERIZACIÓN DE LA BASE TERRITORIAL
Superficie (ha.) %
Contratados con C.M.A.
Superficie (ha.) % > ó = 5 años Indeterminado
Observaciones Fincas gestionadas - disponibilidad Período
< ó = 1 año 1 - 5 años TOTAL SUPERFICIE GESTIONADA
TOTAL SUPERFICIE BASE TERRITORIAL
3.2. SEGÚN LOS PLAZOS DE DISPONIBILIDAD DE GESTIÓN TOTAL SUPERFICIE CONTRATADOS Libre Disposición (L.D.) TOTAL SUPERFICIE L.D.
TOTAL...
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