ORDEN MAM/1156/2005, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales. (Continúa en Suplemento).

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/1156/2005, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales.

Por Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, la Consejería de Medio Ambiente estableció las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales.

Posteriormente, se ha producido la implantación del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), por lo que ante la inminente convocatoria de una nueva incorporación a la medida agroambiental citada, se hace necesario introducir las correspondientes modificaciones en las bases reguladoras al objeto de adecuar los requisitos de los terrenos que pueden acogerse a dicha medida.

Asimismo, como consecuencia de la ampliación de los términos municipales del ámbito de actuación del 'Plan de Medidas Preventivas contra Incendios Forestales-Plan 42', procede modificar la relación de estos términos municipales contenida en el Anexo III.

Por ello, se ha considerado conveniente modificar la orden de convocatoria.

Artículo único Modificación de la Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales.

La Orden MAM/806/2003, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida agroambiental de gestión integrada de las explotaciones ganaderas extensivas para actuaciones de desbroces en zonas de prados y pastizales queda modificada como sigue:

Uno. El apartado 2 del artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

'2. A los efectos de lo previsto en la presente orden, se considerarán superficies acogidas a la medida agroambiental aquellos recintos identificados en SIGPAC en alguno de los siguientes usos de los definidos en el Anexo II del Real Decreto 2128/2004, de 29 de octubre: forestal (FO), improductivo (IM), pastizal (PS), pasto arbustivo (PR) o Pasto con arbolado (PA), (con fracción de cabida cubierta por arbolado inferior al 40%), destinados a un aprovechamiento pastoral y sobre los que se asuma el compromiso de su desbroce y mantenimiento. La proporción de superficie cubierta de matas y, por tanto, susceptible de desbroce, en el total de la superficie acogida deberá situarse entre el 15 y el 100%.

Asimismo, la superficie acogida al régimen de ayudas previsto en esta orden será como mínimo de siete (7) hectáreas en las explotaciones con aprovechamientos de montes comunales y de tres (3) hectáreas en las restantes'.

Dos. El apartado 3 del artículo 8 queda redactado como sigue:

'3. El plan silvopastoral que se entregará en papel y en formato digital, deberá estar firmado por técnico competente, colegiado en el correspondiente Colegio Oficial, y suscrito de conformidad por el titular de la explotación'.

Tres. Se modifica el Anexo III y se añaden a los términos municipales incluidos en el Plan 42 los siguientes:

PROVINCIA NOMBRE MUNICIPIO

ÁVILA GIL GARCÍA

ÁVILA HOYOCASERO

ÁVILA NAVALACRUZ

ÁVILA NAVALOSA

ÁVILA NAVAQUESERA

ÁVILA NAVARREVISCA

ÁVILA PUERTO CASTILLA

ÁVILA SERRANILLOS

ÁVILA SOLANA DE ÁVILA

ÁVILA UMBRIAS

ÁVILA SAN JUAN DE GREDOS

SALAMANCA AGALLAS

SALAMANCA AHIGAL DE LOS ACEITEROS

SALAMANCA ALDEADÁVILA DE LA RIBERA

SALAMANCA ALDEA DEL OBISPO

SALAMANCA BAÑOBAREZ

SALAMANCA BARRUECOPARDO

SALAMANCA BERMELLAR

SALAMANCA BOUZA (LA)

SALAMANCA CABEZA DEL CABALLO

SALAMANCA CEREZAL DE PEÑAHORCADA

SALAMANCA CERRALBO

SALAMANCA FREGENEDA (LA)

SALAMANCA FUENTELIANTE

SALAMANCA HINOJOSA DE DUERO

SALAMANCA LUMBRALES

SALAMANCA MARTIAGO

SALAMANCA MASUECO

SALAMANCA MIEZA

SALAMANCA MILANO (EL)

SALAMANCA NAVASFRÍAS

SALAMANCA OLMEDO DE CAMACES

SALAMANCA PAYO (EL)

SALAMANCA PEÑA (LA)

SALAMANCA PEÑAPARDA

PROVINCIA NOMBRE MUNICIPIO

SALAMANCA PEREÑA DE LA RIBERA

SALAMANCA PUERTO SEGURO

SALAMANCA REDONDA (LA)

SALAMANCA ROBLEDA

SALAMANCA SAN FELICES DE LOS GALLEGOS

SALAMANCA SAUCELLE

SALAMANCA SAHUGO (EL)

SALAMANCA SOBRADILLO

SALAMANCA TRABANCA

SALAMANCA VILVESTRE

SALAMANCA VILLAR DE CIERVO

SALAMANCA VILLAR DE LA YEGUA

SALAMANCA VILLARINO DE LOS AIRES

SALAMANCA VILLASRUBIAS SALAMANCA ZARZA DE PUMAREDA (LA) Cuatro. Se modifica el Anexo V quedando redactado en la forma que aparece recogida en el Anexo A de la presente orden.

Esta información se encuentra disponible en la página web de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es/Temas ambientales/Bosques/Gestión Forestal/Ordenación.

Cinco. Se modifica el Anexo VI y queda redactado en la forma que aparece en el Anexo B de la presente orden.

Esta información se encuentra disponible en la página web de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es/Temas ambientales/Bosques/Gestión Forestal/Ordenación.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta al Director General del Medio Natural para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicación y cumplimiento de la presente orden.

Segunda. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 6 de septiembre de 2005.

El Consejero de Medio Ambiente,

Fdo.: CARLOS FERNÁNDEZ CARRIEDO B.O.C. y L. 3

4 B.O.C. y L.

ANEXO A
ANEXO V PLAN SILVOPASTORAL

Código Unidad de Ordenación

Código de Explotación Forestal

Código de Explotación Agraria (C.E.A.)

Localidad principal

Término municipal principal Provincia

Esta solicitud corresponde a: C.E.A. pastos asociados:

Entidad local propietaria de monte

Titular de explotación ganadera

Agrupación de titulares

Fecha de presentación

Fecha de revisión

Nombre del técnico redactor: Nº Colegiado PLAN SILVOPASTORAL

Nombre del titular de explotación ÍNDICE

  1. TITULARIDAD

    1.1. TIPO DE TITULAR

    1.2. DATOS PERSONALES DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN

    1.3. DATOS PERSONALES REPRESENTANTE

    1.4. EXPLOTACIÓN RELACIONADA

    1.5. DATOS PERSONALES DEL REDACTOR DEL PLAN

  2. CARACTERIZACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN

    2.1. MANEJO

    2.1.1. RÉGIMEN DE PASTOREO

    2.1.2. TIPO DE EXPLOTACIÓN

    2.1.3. DESCRIPCIÓN DE LA CABAÑA GANADERA

    2.2. RÉGIMEN ALIMENTICIO

    2.3. INFRAESTRUCTURA GANADERA

  3. CARACTERIZACIÓN DE LA BASE TERRITORIAL

    3.1. SEGÚN TITULARIDAD DEL SUELO

    3.2. SEGÚN LOS PLAZOS DE DISPONIBILIDAD DE GESTIÓN

    3.3. RELACIÓN DE PARCELAS SIGPAC

    3.4. SEGÚN USOS DEL SUELO

    3.4.1. SUPERFICIE ACOTADA

    3.4.2. DESCRIPCIÓN DE LA VEGETACIÓN DEL TERRENO DE LA EXPLOTACIÓN

    3.5. DESCRIPCIÓN DE OTROS USOS Y APROVECHAMIENTOS

    3.6. RELACIÓN NOMINAL DE GANADEROS CON APROVECHAMIENTOS DE PASTOS EN RÉGIMEN COLECTIVO

    3.7. RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO

    3.7.1. EXISTENCIA

    3.7.2. TIPOLOGÍA

  4. RECURSOS FORRAJEROS

    4.1. RECURSOS PASTABLES DE LA BASE DE TERRENOS

    4.2. CARGAS GANADERAS

    4.2.1. 1. ESTIMADAS

    4.2.2. 3. RELACIÓN DE CARGAS

  5. PLANIFICACIÓN

    5.1. DIVISIÓN PASTORAL

    5.2. CALENDARIO PASTORAL

    5.3. PLAN DE MEJORAS E INFRAESTRUCTURAS

    5.3.1. CALENDARIO DE ACTUACIONES

    5.3.2. DESCRIPCIÓN DE LAS PARCELAS A DESBROZAR

    HOJA DE FIRMAS B.O.C. y L. 5

    6 B.O.C. y L.

  6. TITULARIDAD

    Agricultor a Titulo Principal Entidad Pública Sociedad Otras;

    Agricultor Jóven Cooperativa de producción

    Código postal

    Fax

    Código postal

    Fax

    Técnico

    Empresa

    Fax Correo electrónico DNI

    CIF Dirección Titulación Nº colegiado

    Teléfono 1 Teléfono 2

    Nombre 1.4. EXPLOTACIÓN RELACIONADA Teléfonos Nombre Datos identificativos C.E.A. Nº cartilla Término municipal Localidad

    Correo electrónico Dirección (a efectos de notificación) Localidad Provincia

    Término municipal Persona jurídica

    Nombre o razón social

    DNI/NIF DNI/CIF/NIF 1.1. TIPO DE TITULAR

    Dirección Persona física

    Provincia 1.2. DATOS DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN

    1.5. DATOS DEL REDACTOR DEL PLAN Nombre Correo electrónico

    1.3. DATOS DEL REPRESENTANTE Teléfonos

    Tipo de relación CEA Titular

    B.O.C. y L. 7

    Nº cartilla 2. CARACTERIZACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN 2.1. MANEJO

    Colectivo Individual Ambos (márquese lo que proceda)

    Sistema Exp. Orientación Rég. pastoreo Tipo Raza Nº cabezas Estado Calificación

    Tipo ganado Raza Orientación Sexo Edad Nº cabezas

    Total nº cabezas Total U.G.M.

    Total U.G.M.

    2.1.3. Descripción de la cabaña ganadera

    Observaciones Tipo Ganado Saneamiento ganadero

    Total nº cabezas Cerrado Redondo Ambos

    2.1.2. Tipo de explotación 2.1.1. Régimen de pastoreo Régimen de pastoreo Abierto Parcelado Datos identificativos C.E.A.

    8 B.O.C. y L.

    C.E.A.

    Nº cartilla 2.2. RÉGIMEN ALIMENTICI O Tipo de propiedad Superf. (ha.) % Método Forma Régimen Fecha entrada Fecha salida

    Total superficie Observacione s Datos identificativos Base de terrenos Aprovechamiento ganadero Epoca

    B.O.C. y L. 9

    C.E.A.

    Nº cartilla

    2.3. INFRAESTRUCTURA GANADER A Ud. gestión Denominación / Paraje Titularidad Paso de ganado Abrevadero Manga manejo Otras

    Longitud cerrada Superficie cerrada Tipo de cierre

    Totales Cerramiento

    Observaciones Datos identificativos

    Localización Tipo de Infraestructura

    A

    10 B.O.C. y L.

    C.E.A. Nº cartilla 3. CARACTERIZACIÓN DE LA BASE TERRITORIAL

    Superficie (ha.) %

    Contratados con C.M.A.

    Superficie (ha.) % > ó = 5 años Indeterminado

    Observaciones Fincas gestionadas - disponibilidad Período

    < ó = 1 año 1 - 5 años TOTAL SUPERFICIE GESTIONADA

    TOTAL SUPERFICIE BASE TERRITORIAL

    3.2. SEGÚN LOS PLAZOS DE DISPONIBILIDAD DE GESTIÓN TOTAL SUPERFICIE CONTRATADOS Libre Disposición (L.D.) TOTAL SUPERFICIE L.D.

    TOTAL...

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