DECRETO 112/1992, de 25 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se estructuran los servicios de información juvenil y se establece el Régimen Jurídico de los mismos.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 112/1992, de 25 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se estructuran los servicios de información juvenil y se establece el Régimen Jurídico de los mismos.

Conforme al articulo 48 de la Constitución, los Poderes Públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo politico, social, económico y cultural.

Por su parte, mediante R.D. 2469/1982, de 2 de agosto, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, asume competencias en materia de «apoyo al desarrollo de la actividad asociativa juvenil, en el fomento de la cooperación y participación de la juventud en la vida social en el ámbito territorial castellano-leonés». Como consecuencia de lo anterior el citado R.D. transfiere determinados Centros de Información Juvenil ubicados en nuestra Comunidad Autónoma.

Competencias, citadas en el Decreto 251/1991 de 22 de agosto de la Estructura Orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, que se atribuyen al titular de la Dirección General de Deportes y Juventud.

En este sentido, y con el fin de hacer efectiva la participación de los jóvenes en la vida económica, social y cultural de nuestra Comunidad, es necesario estructurar la variedad de Servicios de Información Juvenil existentes en la Comunidad de Castilla y León, fruto de diversas iniciativas dependientes de la Administración autonómica, provincial y local, de Asociaciones o Colectivos Juveniles o de entidades sin ánimo de lucro, siendo preciso coordinar sus actuacines en esta materia.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 25 de junio de 1992,

DISPONGO:

Artículo 1º

La información juvenil en Castilla y León se desarrollará a través de la Red de Centros y Puntos de Información Juvenil de acuerdo con el régimen jurídico establecido en el presente Decreto.

Art. 2º

La información juvenil es un servicio de asistencia que tiene por objeto proporcionar a los jóvenes la orientación necesaria en los diversos aspectos del empleo profesional, el ocio y tiempo libre, la integración y participación en la vida social, y de cuanto pueda contribuir a su más completa formación y al desarrollo de su personalidad.

Art. 3º

La Red de Información Juvenil de Castilla y León se compone de servicios y centros y queda estructurada en:

- Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil.

- Centros de Información Juvenil.

- Puntos de Información Juvenil.

Art. 4º

El Centro Coordinador de Información y...

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