DECRETO 214/1988, de 10 de noviembre, por el que se modifica la estructura de coordinación en materia de Drogodependencias para la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 16-11-1988 Nº Boletín: 221 / 1988

DECRETO 214/1988, de 10 de noviembre, por el que se modifica la estructura de coordinación en materia de Drogodependencias para la Comunidad de Castilla y León.

El Plan Nacional sobre Drogas desde su aprobación en 1985 viene insistiendo en la necesidad de un esfuerzo conjunto de toda la sociedad para luchar contra el abuso de drogas y para mitigar sus consecuencias sobre el individuo y la comunidad. Al mismo tiempo, el propio Plan Nacional sobre Drogas, la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, reconocen la coordinación interinstitucional e interterritorial como un elemento esencial, no sólo para la formulación de una «política coherente que permita orientar racionalmente el conjunto de programas» de represión, prevención, asistencia y reiserción social, sino también para establecer los mecanismos de evaluación y control que determinen el impacto y la eficacia de esos programas.

En el capítulo 6 del Plan Nacional sobre Drogas se dice que la creación de estructuras de coordinación se debe establecer en las delimitaciones básicas del Estado: Administración Central y Administración Autónoma, si bien se reconoce el importante papel a jugar por los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales.

De acuerdo con estas consideraciones y con la asignación concreta del Plan Nacional sobre Drogas a cada Comunidad Autónoma para constituir una Comisión de Coordinación en la que se integraran las distintas Administraciones Públicas y Entidades Sociales relacionadas con el problema de las drogodependencias, la Junta de Castilla y León, mediante Decreto 130/1985, de 17 de octubre, y en virtud de las competencias exclusivas que le vienen conferidas por su Estatuto de Autonomía, desarrolló una estructura de coordinación en materia de drogas para nuestra Comunidad Autónoma.

No obstante, la constante evolución del fenómeno de las drogodependencias, que exige una gran flexibilidad en las medidas que se adopten frente a este problema, y la experiencia acumulada durante casi tres años de planificación y coordinación autonómica hacen necesario modificar la estructura de coordinación aludida a fin de dotarla de una mayor operatividad y de ajustarla a las exigencias del momento actual.

En virtud de lo expuesto, y a propuesta del Consejero de Cultura y Bienestar Social, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 10 de noviembre,

DISPONGO:

Artículo 1 º- Se encomienda a la Consejería de Cultura y Bienestar Social la elaboración del Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León, así como la de ejercer la representación de la Comunidad Autónoma en materia de drogodependencias en sus relaciones con organismos internacionales

Administraciones Públicas y Organizaciones no Gubernamentales de ámbito estatal, autonómico y local que ejerzan sus funciones en el territorio de Castilla y León.

Art. 2 º- 1

Al efecto de coordinar las actuaciones en materia de drogodependencias a realizar en el ámbito regional y local por las distintas Administraciones Públicas y Organizaciones Sociales relacionadas con el tema, y a fin de crear un espacio para la necesaria cooperación, reflexión y coordinación política y ejecutiva de las medidas a llevar a cabo en este campo, se crea la Comisión Ejecutiva Regional de Drogodependencias de Castilla y León.

  1. Dicha Comisión estará presidida por el Consejero de Cultura y Bienestar Social y de la misma formarán parte:

  1. En representación de la Junta de Castilla y León los siguientes miembros de la Consejería de Cultura y Bienestar Social:

    - El Director General de Servicios Sociales y Consumo.

    - El Director General de Salud Pública y Asistencia.

    - El Director General de Deportes y Juventud.

    - El Comisionado Regional para la Droga.

  2. Un representante del Consejo Regional de la Juventud.

  3. Un representante del Plan Nacional sobre Drogas, designado por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con rango, al menos, de Subdirector General.

  4. Dos representantes de los Municipios y provincias de Castilla y León, nombrados por la Federación Castellano - Leonesa de Municipios y Provincias.

  5. Dos representantes de la Administración del Estado designados por el Delegado del...

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