DECRETO 143/1989 de 13 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de las Asesorías Jurídicas de las Consejerías de Economía y Hacienda; Fomento; Cultura y Bienestar Social; Agricultura y Ganadería y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 18-07-1989 Nº Boletín: 137 / 1989

DECRETO 143/1989 de 13 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de las Asesorías Jurídicas de las Consejerías de Economía y Hacienda; Fomento; Cultura y Bienestar Social; Agricultura y Ganadería y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León.

El Decreto 2/1989 de 19 de enero sobre reorganización de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León establece las funciones a realizar por las Asesorías Jurídicas de las distintas Consejerías, así como la organización y dependencia de los Letrados adscritos a las mismas. Ello hace necesaria una adecuación de la estructura orgánica de las citadas Asesorías Jurídicas a fin de lograr una mayor eficacia y adecuado funcionamiento de estos órganos consultivos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 13 de julio de 1989.

DISPONGO:

Artículo 1 º- 1

Al Servicio de Asesoría Jurídica de cada una de las Consejerías de la Junta de Castilla y León le corresponde las funciones establecidas en el Decreto 2/1989 de 19 de enero, sobre Reorganización de los Servicios Jurídicos.

  1. Integrarán dichas Asesorías Jurídicas su Letrado Jefe, los Letrados que, atendidas las necesidades del servicio, se determinen en las correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo, previo informe del Jefe de Asesoría Jurídica General, y el personal auxiliar que se estime conveniente.

DISPOSICION ADICIONAL

Se faculta a los Consejeros de Economía y Hacienda, Fomento, Cultura y Bienestar Social, Agricultura y Ganadería y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para dictar en los términos establecidos en el artículo 33 de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de 1988, cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo del presente Decreto.

DISPOSICION TRANSITORIA

Las funciones atribuidas a las Asesorías Jurídicas que se regulan en el presente Decreto podrán ser desempeñadas por funcionarios pertenecientes al Cuerpo Superior de la Administración de Castilla y León, en tanto los puestos de trabajo de dichas Asesorías Jurídicas no se cubran por funcionarios pertenecientes a la Escala de...

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