ORDEN EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los organismos autónomos y entes públicos de derecho privado adscritos a ella.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los organismos autónomos y entes públicos de derecho privado adscritos a ella.

Las subvenciones son un importante instrumento de fomento y promoción de actividades de interés público o utilidad social.

En el ámbito de la Consejería de Economía y Empleo, y de sus organismos autónomos y entes públicos, esta actividad pública de fomento a través de las subvenciones tiene una especial trascendencia, teniendo en cuenta los recursos económicos destinados a ella.

Hasta ahora, la regulación general en materia de subvenciones en la Comunidad de Castilla y León era la contenida en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y además, para las subvenciones convocadas por esta Consejería, en la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las normas para la concesión de subvenciones.

La entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha modificado el régimen jurídico vigente en materia de subvenciones, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las administraciones públicas.

Como consecuencia de lo establecido en dicha Ley, es necesario aprobar unas bases reguladoras adaptadas a la citada norma, que serán aplicables a las subvenciones convocadas por la Consejería y por las entidades de la administración institucional a ella adscritas, salvo que se trate de subvenciones reguladas por la Administración del Estado y respecto de las cuales la Administración de la Comunidad únicamente lleve a cabo su ejecución, en cuyo caso se aplicarán las bases reguladoras aprobadas por la Administración estatal.

En su virtud, y conforme con lo previsto en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Articulo único Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los organismos autónomos y entes públicos de derecho privado adscritos a ella, que se incorporan como anexo a la presente disposición.
DISPOSICIÓN ADICIONAL

La convocatoria y tramitación de ayudas destinadas a la formación práctica de titulados mediante estancias en entidades receptoras en tareas de investigación científico-técnica, desarrollo tecnológico e innovación empresarial, estarán sometidas a las bases reguladoras aprobadas por la Orden EYE/1105/2005, de 25 de agosto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los procedimientos en materia de subvenciones iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, se regirán por la normativa aplicable en el momento de su convocatoria.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas las normas de rango igual o inferior que se opongan a lo que dispone esta Orden y expresamente la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las normas para la concesión de subvenciones.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 3 de octubre de 2005.

El Consejero de Economía y Empleo,

Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ

ANEXO

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES ESTABLECIDAS Y CONVOCADAS POR LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO Y POR LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTES PÚBLICOS DE DERECHO PRIVADO ADSCRITOS A ELLA

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Base 1.' Régimen jurídico.

Las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los organismos y entes adscritos a ella están sometidas a los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, a la legislación de la Comunidad de Castilla y León en materia de subvenciones y a lo establecido en las presentes bases.

Base 2.' Objeto.

  1. Las subvenciones podrán tener por objeto proyectos, actuaciones o actividades que se lleven a cabo en las siguientes materias:

    1. Actividades de cooperación transfronteriza e interregional.

    2. Actividades de formación, difusión, estudio o cualquier otra actuación en materia socioeconómica.

    3. Estudios en el Colegio de Europa y realización de prácticas en la Oficina de Castilla y León en Bruselas.

    4. Formación industrial.

    5. Proyectos de electrificación, adquisición de vehículos de propulsión eléctrica o híbrida, proyectos de energía solar térmica, fotovoltaica y eólico-fotovoltaica y actividades de ahorro, eficiencia energética, cogeneración y energías renovables.

    6. Proyectos en materia de minería.

    7. Actuaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR