DECRETO 280/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen reglas para la introducción del euro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 29-12-1998 Nº Boletín: 248 / 1998

DECRETO 280/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen reglas para la introducción del euro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El día 1 de enero de 1999 la Unión Monetaria será una realidad y el euro será la moneda de los Estados participantes en la misma, entre los que se encuentra España.

La adopción de la moneda única encuentra su entramado jurídico básico en los dos Reglamentos (CE) n.º 1103/97 del Consejo, de 17 de junio de 1997, sobre determinadas disposiciones relativas a la introducción del euro y n.º 974/98, del Consejo, de 3 de mayo de 1998, sobre la introducción del euro.

Por Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, el Estado ha procedido a adecuar el ordenamiento jurídico interno y ha aprobado una serie de reglas y normas necesarias para procurar un tránsito sosegado hacia la nueva moneda.

Con la aprobación del presente Decreto se cierra una primera etapa -muy laboriosa y compleja, pero a la vez fructífera en sus logros- dentro de las actuaciones que esta Administración inició con el Decreto 206/1997, de 16 de octubre, de Creación de la Comisión Autonómica para la introducción del euro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La finalidad perseguida con este Decreto es la de conseguir que el proceso de introducción de la moneda única, cuya complejidad es conocida, sea lo menos traumática posible para esta Administración y los ciudadanos Castellanos y Leoneses, todo ello de acuerdo con los principios determinados por las citadas disposiciones comunitarias y estatal y los objetivos fijados en el Plan de introducción del euro en la Administración de Castilla y León.

En su virtud, a iniciativa de todos los Consejeros, y a propuesta de los Consejeros de Presidencia y Administración Territorial y de Economía y Hacienda, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 23 de diciembre de 1998.

DISPONGO:

Artículo 1 º- Ambito objetivo y temporal.
  1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las reglas para la introducción del euro, de acuerdo con lo establecido en...

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